Legislación

Los requisitos que debe tener en cuenta si desea sacar a su mascota fuera del país

La tendencia de mascotas se ha vuelto común; tenga en cuenta estas recomendaciones y los papeles que se necesitan para hacerlo

17 de julio de 2024

Sofía Alexandra Duarte Torres

sduarte@larepublica.com.co
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La tenencia de mascotas es cada vez más común y por ende hay más mecanismos para que estos animales de compañía, que hacen parte de la familia, sean esenciales en la vida de sus dueños en aspectos como viajes e, incluso, los cambios de residencia a nivel internacional. Para este tipo de traslados de mascotas, hay algunos puntos legislativos que se deben tener en cuenta.

Al respecto, Marcela Varela, directora del área de derecho aeronáutico de Riveros Victoria abogados, afirmó que quien desee realizar este trámite debe informarse, primero, con los requisitos que solicitan en el país de destino, ya que pueden variar según su regulación interna. Hay que tener en cuenta, además, la clasificación de animales domésticos que viven ordinariamente bajo la dependencia de una persona, que en su mayoría son perros o gatos.

En Colombia, el marco normativo que rige estos traslados se encuentra contenido en la resolución 100164 emitida por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

Esta establece los requisitos para el ingreso y salida de perros y gatos como animales de compañía o con destino comercial. Bajo este marco, y si bien este proceso depende de la región o destino al que solicite llegar, Valera contó que “el proceso varía según la regulación, ya que todos tienen su propios requerimientos y tiempos para que una mascota cumpla con la normatividad exigida”.

Existen una serie de documentos de los que usualmente se debe disponer para hacer efectivo el traslado. Así las cosas, ella explicó que “en la mayoría de casos las mascotas deben tener un microchip de identificación, certificado de inspección sanitaria emitido por el ICA, certificado de vacunas, certificado de salud, prueba de serología, desparasitación interna y externa, entre otros documentos legibles”.

Puntualizó, además, que hay países que requieren que tengan un bróker en destino para liberar a la mascota en caso de que vaya por carga y no en cabina, por eso resulta indispensable contactar agencias de viajes que se especializan en toda la asesoría de mascotas y su papeleo.

LOS CONTRASTES

  • Marcela Varela Directora del área de derecho aeronáutico de Riveros Victoria abogados

    “Los requisitos pueden variar según su regulación interna y hay que tener en cuenta la clasificación de animales domésticos que viven ordinariamente bajo la dependencia de una persona”.

  • Juan Francisco Navarrete GonzálezAbogado Navarrete Consultores

    “El propietario debe presentar el carné de vacunación firmado por un veterinario, los animales no deben ser menores a ocho semanas de edad y las mascotas deben viajar en guacal o contenedor flexible”.

Así mismo, las prestadoras de este servicio, es decir las aerolíneas, son autónomas frente al servicio de transporte que ofrecen para las mascotas, toda vez que en temas de responsabilidad deben ser cuidadosas y respetuosas sin que pongan en riesgo el vuelo a la misma mascota o la afectación a su dueño o tenedor, por lo que según la operadora podría negarse a transportar a la mascota.

Lo anterior tiene que ver con el hecho de que en materia de responsabilidad, el Código de Comercio, en su artículo 982 en obligaciones del transportador, en el numeral primero, describe que “en el transporte de cosas a recibirlas, conducirlas y entregarlas en el estado en que las reciba, las cuales se presumen en buen estado”, por ende la responsabilidad recae en el transportador o transportista de recibir la mascota en buen estado y llevarla a su destino sana y salva. Aparte de esto se blindan de millonarias demandas.

Si bien en aerolíneas, por ejemplo como Avianca, el costo de este traslado puede ser de hasta de US$192 hacia los aeropuertos de Europa en cabina, opción que solo es posible si el animal no pesa más de 10 kg; y en bodega cuesta US$216 hacia el mismo destino, este sería el precio estándar, por lo que las aerolíneas no pueden cobrar extra por transportar mascotas como en el caso de aquellas que son certificadas como apoyo emocional y que deben sí o sí viajar con sus dueños.

Valera puntualizó que aún así, “estas sí deben cumplir con las especificaciones y documentación que requieran por parte de la aerolínea. Por eso es importante informarse con antelación sobre los términos y condiciones que requieren las personas para el transporte de mascotas de apoyo emocional”. Es clave entender que cada aerolínea tiene su política en este sentido. Sobre este tipo de certificado, como apoyo emocional, se debe tener en cuenta que solo podrá ser expedido por un especialista en la salud mental que señale en qué manera el animal ayuda a la persona en su situación actual para que este sea legalmente válido.