¿Qué pasa jurídicamente con la prohibición de los colegios del uso de celulares allí?
La medida fue dada a conocer por el presidente de la Unión de Colegios Internacionales; también se restringirá el uso en rutas
09 de mayo de 2024Contenido
Carlos Camargo, presidente de la Unión de Colegios Internaciones (Uncoli) y rector del Colegio Los Nogales, informó que las 27 instituciones que hacen parte de la agremiación van a prohibir el uso de celulares durante las jornadas de clases.
Los colegios que adoptarán estas medidas son: Abraham Lincoln, Colegio Andino, Anglo Colombiano, Campoalegre, Colombo Gales, Colombo Hebreo, The English School, Marymount, Gimnasio Campestre, Gimnasio Femenino, Gimnasio la Montaña, Gimnasio Vermont, Gran Bretaña, Liceo Francés Louis Pasteur, Helvetia, Leonardo Da Vinci, Los Alcaparros, Reyes Católicos, Los Nogales, Nueva Granada, Rochester, San Jorge de Inglaterra, San Bartolomé La Merced, San Carlos, Santa Francisca Romana, Santa María y Tilatá.
En el caso del Colegio Los Nogales, no se permitía el uso de los teléfonos móviles hasta el grado sexto, de ahí en adelante los estudiantes sí pueden usar los celulares. Camargo explica que esto es con el fin de que en los salones de clase pueda haber un enfoque pleno en el aprendizaje. Además de esto, la Uncoli argumentó que el uso de celulares reduce las interacciones sociales y aumenta el cyberbullying.
Esta medida será ampliada también a su prohibición en las rutas escolares.
La pregunta que surge con esta noticia es qué pasa desde el punto de vista legal. Daniel Felipe Rubio Velandia, abogado experto en Derecho de Familia, lo explica. "Jurídicamente obedece a una medida que a raíz del desarrollo celerado de las TICS, se ha tornado necesaria y desde hace algún tiempo las instituciones del Estado como el Congreso y las altas cortes han venido desarrollando a través por ejemplo de la Ley 2170 del 2021 por medio de la cual se dictan disposiciones frente al uso de herramientas tecnológicas en los establecimientos educativos y la sentencia de la Corte Constitucional T-967-07".
Por su parte, María Adelaida Martínez Isaza, abogada que ejerce en derecho educativo, menciona que "la ley 2170 de 2021, precisamente lo que dice es que no se pueden prohibir, los colegios tienen que adaptarse a la situación tecnológica. Y de manera excepcional, previo aval del Comité escolar de convivencia y del Consejo Directivo, se podrá restringir el uso de dispositivos de telefonía móvil a determinados horarios o lugares. Esta ley dice que el Ministerio de Educación y Secretaría de Educación la tienen que reglamentar, pero no ha salido ninguna reglamentación al respecto".
Pero jurídicamente, la decisión no está lejos de controversia, pues expertos dicen que puede afectar el libre desarrollo de la personalidad de los estudiantes. Ante esto, Rubio Velandia opina que: "pueden tener razón en cierto sentido si se establece una prohibición absoluta o arbitraria que no contemple factores jurídicos o científicos, sin embargo, se debe ser consciente de la implicación del uso excesivo e irresponsable de estas herramientas, y tener en cuenta que no existe un derecho que pueda ser absoluto en su ejercicio y esto por supuesto aplica al libre desarrollo de la personalidad".