Judicial

Revisar el celular de su pareja sin su autorización puede llevarlo a prisión

El acceso no autorizado al celular de la pareja puede constituir un delito, con penas de hasta 96 meses de prisión y multas de hasta $1.750 millones

09 de octubre de 2026

Lucas Martínez

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Aunque no todas las relaciones lo hacen, sí hay parejas en las que revisar el celular del otro se convierte en una práctica normalizada, ya sea por desconfianza, celos o curiosidad. Sin embargo, que esta conducta sea aceptada dentro de una relación no significa necesariamente que exista autorización para acceder a toda la información del dispositivo, especialmente cuando se hace sin el consentimiento de su propietario.

En Colombia, el acceso no autorizado al celular de otra persona puede tener consecuencias legales dependiendo de algunas variables como la forma en que se realice y de la información a la que se acceda.

Gráfico LR

Por eso, revisar conversaciones, fotografías, correos electrónicos u otros contenidos privados sin autorización puede ir más allá de un conflicto de pareja y, bajo determinadas circunstancias, involucrar normas relacionadas con la intimidad y la protección de la información personal.

Fabio Humar, socio director de Fabio Humar Abogados, explicó que revisar el celular sin el consentimiento de la pareja sí se puede considerar un delito. “El art. 269A (del Código Penal) tipifica el acceso abusivo a un sistema informático, y el celular lo es. La relación de pareja no excluye la tipicidad ni opera como causal de justificación”, mencionó.

LOS CONTRASTES

  • Fabio HumarSocio director de Fabio Humar Abogados

    “El artículo 269A del Código Penal tipifica el acceso abusivo a un sistema informático, y el celular lo es. La relación de pareja no excluye la tipicidad ni opera como causal de justificación”.

  • Francisco NavarreteAbogado penalista y procesalista

    “El punto de partida es el artículo 15 de la Constitución Política, que reconoce el derecho a la intimidad personal y familiar y protege la correspondencia y las demás formas de comunicación privada”.

En cuanto a las penas, el anterior artículo prevé de 48 a 96 meses y multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($175 millones a $1.750 millones). “Si lo accedido son comunicaciones privadas, el art. 192 prevé de 16 a 54 meses, y de 32 a 90 meses si se revela o aprovecha el contenido”, agregó Humar.

Francisco Navarrete, abogado penalista y procesalista, señaló que el artículo 15 de la Constitución Política reconoce el derecho a la intimidad personal y familiar y protege la correspondencia y las demás formas de comunicación privada. “Ese derecho no desaparece por el hecho de existir una relación sentimental, convivencia o matrimonio. Por eso, acceder al celular de la pareja sin su autorización puede tener consecuencias jurídicas y, en determinadas circunstancias, incluso penales”, agregó.

Navarrete también mencionó que cabe aclarar que no cualquier revisión de un teléfono produce automáticamente responsabilidad penal. Por lo que es necesario estudiar las circunstancias concretas, es decir, cómo se produjo el acceso, si existía autorización, cuál era su alcance y qué hizo la persona posteriormente con la información encontrada.

El abogado Omar Hernández aclaró que la información obtenida al revisar el celular sin autorización no se