Tras el análisis de la solicitud de registro, la oposición de la marca registrada y su estudio, la SIC decidió aprobar el registro de Bendita Moda
03 de noviembre de 2023Contenido
Sofia Cácerez Valenzuela se presentó en la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Bendita Moda que denota servicios de la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza como análisis de gestión de negocios comerciales, asistencia y consultoría.
Luego de la solicitud, Agua Bendita S.A.S presentó oposición contra la solicitud de registro de marca para las dos clases en cuestión con fundamento en los causales de irregistrabilidad establecidos en el literal b) del artículo 135 y el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Agua Bendita S.A.S argumentó que el registro no era viable en tanto que la solicitante reproducía la expresión “Bendita” de la cual la opositora hacía uso para identificar sus productos con presencia en 50 países. De su reproducción se deriva una similitud ortográfica que genera una impresión fonética similar que podría confundir a los consumidores.
Luego de la oposición presentada por la Agua Bendita S.A.S, la dueña de la marca solicitante no respondió a la oposición; por ende, la Superintendencia de Industria y Comercio desarrolló el estudio de registrabilidad teniendo en cuenta la familia de marcas ya registrada ante la entidad y los pronunciamientos previos al respecto.
Tras definir que el elemento nominativo de las marcas es el predominante, la SIC concluyó que si bien las marcas comparten una de las expresiones, la impresión fonética que cada una genera es diferente y no es confundible; de la misma manera, agregaron que existen otras marcas con la misma expresión (Bendita) que coexisten pacíficamente en el mercado.
Tras el análisis de la solicitud de registro, la oposición de la marca registrada y su estudio, la SIC decidió aprobar el registro de Bendita Moda.