Laboral

Arturo Calle frenó el registro de AC Abrázame Coco ante la Superindustria y Comercio

Arturo Calle

Tras el análisis de la solicitud de registro, la Superintendencia de Industria decidió no aprobar el registro de AC Abrázame Coco

18 de diciembre de 2023

Juan Camilo Colorado

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Kelly Johana Bonilla Duque se presentó en la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca AC Abrázame Coco, que denota productos de la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza como blusas, bodies, calzones y ropa de dormir.

Luego de la solicitud, Comercializadora Arturo Calle S.A.S. presentó oposición contra la solicitud de registro de marca para la clase en cuestión con fundamento en los causales de irregistrabilidad establecidos en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Comercializadora Arturo Calle S.A.S. argumentó que el registro no era viable en tanto que la solicitante reproducía totalmente el elemento distintivo de la marca opositora, “AC”; esto podría confundir al consumidor con respecto a una posible nueva línea de productos. De la misma manera, expresaron que los otros elementos (nominativos y gráficos) no son lo suficientemente distintivos para conceder el registro marcario.

Siguiendo con los argumentos de oposición, los representantes de Arturo Calle agregaron que los productos que la marca solicitante pretende identificar están razonablemente vinculados a los productos que la sociedad opositora ya identifica, y podría derivar en una confusión de parte del consumidor en relación al origen empresarial de ambas marcas. Por otro lado, el elemento gráfico de la marca en pugna es confundible porque comparte el mismo trazo aunque los colores se inviertan.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo CabreraSocio en Sergio Cabrera Abogados

    “La SIC tuvo en cuenta los fundamentos de los opositores, porque y “Abrázame” y “AC” son marcas registradas con antelación, aplicándose la Decisión 486”.

Luego de la oposición presentada por los dueños de Arturo Calle, la dueña de la marca solicitante respondió a la oposición interpuesta, pero los únicos argumentos que expuso se centraron en afirmar que no hubo una intención de suplantar o copiar el logo de las marcas y que estaban dispuestos a rediseñar el mencionado logo para darle celeridad al registro marcario.

La Superindustria respetó la familia de marcas que la sociedad opositora ha establecido en distintos subsectores del mismo sector de mercado (ropa femenina y masculina y calzado), de allí, concluyó que el registro podría confundir a los consumidores con respecto al origen empresarial de las marcas.

Tras el análisis de la solicitud de registro, la oposición de la marca registrada y su estudio, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió no aprobar el registro de AC Abrázame Coco.