Laboral

Audi se enfrentó con Autocom por la marca S5 ante la Superindustria

Compañía de autos alemana solicitó inscripción en el país

21 de noviembre de 2017

Laura Lucía Becerra Elejalde

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La compañía alemana de autos de alta gama, Audi AG, tiene registrada la marca S5 ante la Comunidad Andina de Naciones en Ecuador, Perú y Bolivia su línea, la cual fue puesta en el mercado en 2007 con tres modelos: un auto deportivo de cinco puertas, un convertible y un automóvil estilo coupé.

Al ser el propietario de este registro, Audi no dudó en manifestar su inconformidad a la Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), cuando Automotores Comerciales Autocom S.A. solicitó la inscripción de la marca nominativa S5 en la clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza, para identificar vehículos de locomoción terrestre, aérea, acuática y férrea.

El fabricante germano de vehículos indicó a la SIC que el registro solicitado carecía de distintividad y se asemejaba a su línea de automóviles, lo que podía generar confusión en el mercado, así que teniendo en cuenta los principios de la prelación andina, que “tiene por objeto evitar la multiplicidad de registros andinos de un mismo o similar signo a favor de varios titulares”, debía negarse tal inscripción.

Con el fin de reforzar su papel como propietario de S5 en la región, Audi, además, solicitó acreditar su “interés real en el mercado”, que consiste en la “presentación de la marca en el país en donde se presenta la oposición, independientemente del destino de dicha solicitud”, para lo cual presentó una petición formal de registro en la clase 12 de Niza al despacho, el pasado 1 de agosto. Esta solicitud continúa en trámite en la SIC.

Bajo estos argumentos el director de Signos Distintivos de la entidad, Juan Manuel Serrano, profirió un fallo que favoreció a la multinacional alemana, que según el reporte de Fenalco de octubre, lleva 946 unidades vendidas en el país en 2017, y declaró fundada la oposición y negó la inscripción de S5 a Autocom.

LOS CONTRASTES

  • Pablo Andrés Delgado PeñaEspecialista en Propiedad Intelectual de la Universidad Externado

    “El caso muestra el alcance y protección que en materia de marcas se da por el Sistema Jurídico Andino de Propiedad Industrial, norma de la cual la SIC hace una correcta interpretación”.

  • Carlos AmayaSocio de Amaya Propiedad Intelectual

    “Audi AG solicitó por primera vez la marca S5 en Colombia, quedando facultada para impedir el registro de la marca S5 de Autocom S.A. que resulta ser idéntica a la primera”.

Para el especialista en Propiedad Intelectual de la Universidad Externado, Pablo Andrés Delgado Peña, esta resolución generó precedentes de seguridad jurídica en materia de signos andinos, pues “la SIC hizo una correcta interpretación, al negar - de manera rogada por oposición y no de oficio- la solicitud de marca S5 a Autocom S.A. debido a la existencia con anterioridad de registros de idéntico signo en Ecuador, Perú y Bolivia, para lo cual su titular Audi AG debió solicitar simultáneamente con la oposición el registro de marca en Colombia del signo S5”.

Así mismo, Carlos Amaya, socio de Amaya Propiedad Intelectual, también resaltó el hecho de que Audi “solicitó por primera vez la marca S5 en Colombia, quedando facultada para impedir el registro de la marca S5 de Autocom S.A. que resulta ser idéntica a la primera”, por lo que coincidió con la decisión.

Antecedentes:
Audi AG, compañía alemana de automóviles creada en 1909, presentó en el mercado su línea S5 en 2007. Dentro de la Comunidad Andina de Naciones, el fabricante de vehículos registro bajo la clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza la marca S5 en Perú, Bolivia y Ecuador. En mayo de 2017, Automotores Comerciales Autocom S.A. solicitó también para esa clase de Niza la inscripción del signo S5 ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a lo cual la multinacional de autos se opuso.