Laboral

Avantel logró registrar su marca A ante la Superintendencia de Industria y Comercio

AVANTEL

Pese a la oposición de Atrápalo, empresa que distingue servicios de organización de viajes, el signo solicitado comprobó su distintividad.

28 de enero de 2020

Sofía Solórzano Cárdenas

lsolorzano@larepublica.com.co
Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

El operador Avantel logró registrar su marca A (mixta) en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a pesar de que Sebastián Salazar se opuso debido a la similitud con la marca A previa de Atrápalo.

La marca A de Avantel pretendía distinguir productos como teléfonos celulares y servicios, comercialización de productos, asesoría y consultoría, telecomunicaciones, entre otros comprendidos en las clases 9, 35, 36, 37, 38, 39 y 42 de la clasificación Niza.

Sin embargo, la opositora aseguró que el signo solicitado podría causar confusión o asociación al origen comercial, dada la similitud con su marca también mixta A. “A partir de la primera impresión, puede notarse la similitud casi idéntica de los signos, así como se describe anteriormente, corresponden a dos gráficas de la letra “A” con una inclinación idéntica hacia la derecha”, afirmó Salazar ante el organismo.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo VarelaAbogado de Cavelier Abogados

    "Si bien son letras aisladas cada uno tiene su diseño y todos los empresarios tienen el derecho de registrar letras siempre que tengan un diseño particular y distintivo frente a los que ya están registrados”.

Ante ello, la Superindustria realizó el cotejo de los signos y encontró que el de la marca previamente registrada de Atrápalo era de naturaleza figurativa compleja, debido a que el elemento gráfico estaba formado por más de un elemento: la expresión “A” y una figura humana saltando la letra, en este caso A hacía referencia a la palabra “atrápalo”, por otro lado, el signo solicitado, cuyo signo era idéntico al de la oposición era de naturaleza figurativa simple, pero A hacía referencia a la marca Avantel.

Por su parte, la compañía que buscaba el registro argumentó que la disposición gráfica de ambos signos era diferente, además de ser “claro que los diseños de las marcas en conflicto, sin importar que coincidan en ilustrar la letra A, no tienen ninguna clase de otra semejanza, ni gráfica ni conceptual, que pudiera llegar a catalogarse como objetivamente idónea para generar riesgo de confusión o asociación para el consumidor medio”.

Después de realizar el análisis comparativo de los signos, la Dirección determinó que a pesar de que ambas marcas tenían como signo la letra A, el elemento gráfico de cada una es el que le aporta la distintividad. “No se encuentra similitud alguna entre la imagen del signo solicitado y la de la marca ya registrada, como quiera que presentan particularidades propias en su tipografía que facilitan su diferenciación”, afirmó la SIC.

Tras hacer un análisis a los elementos distintivos de cada marca se encontró que entre los signos no existe similitud o identidad que pueda generar el riesgo de confusión o asociación por parte del usuario se decide omitir la conexidad competitiva entre los productos o servicios que se distinguen.

Finalmente, la Superindustria afirmó que el registro de la marca solicitada por parte de Avantel no estaba comprendido en ninguna causal de irregistrabilidad, por lo cual, se consideró infundada la oposición. El organismo también reivindicó los colores magenta y blanco “tal como aparecen en la etiqueta de la marca” concediéndole el registro por diez años a la marca.