Los signos enfrentados en la SIC fueron Veliana vs. Meliane, el primero como marca solicitante y el segundo como marca opositora
11 de octubre de 2018Contenido
ayer Intellectual Property GmbH, una subsidiaria de Bayer AG, no permitió el registro de la marca Veliana del Laboratorio Franco Colombiano (Lafrancol) en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
La empresa farmacéutica alemana se opuso a la solicitud de Lafrancol con fundamento en el Literal A del Artículo 136 de la Decisión 486 Andina, argumentando que son titulares de la marca Meliane, nominativa y con certificado de registro vigente hasta 2025 en la clase 5 Internacional, correspondiente a productos farmacéuticos, la misma clase que buscaba identificar la compañía solicitante.
En este conflicto de marcas que sostuvo la Superindustria entre los signos Veliana vs Meliane, la Dirección de Signos Distintivos, en cabeza de Juan Manuel Serrano, determinó que son similarmente confundibles por cuestiones ortográficas y fonéticas. Esto llevó a que la resolución No 74809 resolviera declarar fundada la oposición de Bayer y negar el registro de la marca Veliana.
En este caso, Eduardo Cabrera Gordillo, socio de Sergio Cabrera Abogados, opinó que “el registro de marcas para identificar productos farmacéuticos exige un mayor examen de rigurosidad, por esta razón, las semejanzas ortográficas, fonéticas, visuales y de cobertura de los signos confrontados son suficientes para generar un riesgo de confusión en el público consumidor”.
Las compañías enfrentadas plantearon en la SIC una serie de argumentos para defenderse. Primero Bayer expresó que los signos en conflicto comparten una secuencia vocálica y de consonantes casi idénticas, que significa que más de 70% de su marca está siendo reproducida por el solicitante, lo que hace imposible su coexistencia pacífica en el mercado.
Lafrancol, por su parte, respondió que lo único que comparten los signos es la partícula ‘elia’ que, en la industria farmacéutica, es de uso común para esta clase de productos. Además, sostuvieron que existen marcas ya registradas que contienen esa partícula, lo que significa que sí pueden coexistir en el mercado sin riesgo de asociación.
Ante esa respuesta, la Dirección explicó que las marcas farmacéuticas sí pueden estar compuestas por radicales idénticos que sugieren la composición química del producto. En esos casos, “es preciso analizar en conjunto para determinar la confusión. Así, el radical puede ser utilizado indistintamente por varios titulares, si el conjunto o la parte que acompaña al mismo es lo suficientemente distintiva”. Hecho que no aplica en este caso porque la parte que acompaña al signo solicitante genera un impacto sonoro similar al de la otra.
Ángela Amaya, socia en Amaya Propiedad Intelectual, comentó que “el signo solicitado Veliana es similarmente confundible con la marca registrada Meliane en el campo ortográfico y fonético, además tienen los mismos canales de comercialización, por lo que su coexistencia generaría riesgo de confusión”. Este aspecto es imprescindible porque la confusión de dos productos farmacéuticos podrían tener peligros en la salud de los consumidores.