Laboral

Bayer se enfrentó en la Superindustria contra farmacéutica Megavet

Bloomberg

El Despacho no concedió el registro del signo Tilmix

18 de noviembre de 2017

Laura Lucía Becerra Elejalde

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En algunos casos que llegan a la Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), el despacho encuentra causales de irregistrabilidad en medio del proceso que no se exponen desde el principio del pleito.

Esto ocurrió recientemente cuando una compañía de productos farmacéuticos veterinarios, Megavet S.A., solicitó a la Dirección la inscripción de la marca mixta Tilmix en la clase 5 de la Clasificación Internacional de Niza.

Al publicarse la petición en la Gaceta de Propiedad Industrial N° 797, la farmacéutica alemana Bayer Intellectual Property Gmbh, sostuvo que este signo se asemejaba a uno de sus productos registrados en la misma categoría de Niza: un collar antipulgas para perros llamado Kiltix.

Megavet se defendió en los estrados y explicó que no solo las marcas tenían diferencias fonéticas, visuales o gramaticales, sino que no se podía relacionar los dos productos pues no tenían nada que ver uno con otro.

Según explicó la industria dedicada a la fabricación y prestación de productos y servicios dirigidos a la salud animal, el elemento, el cual es un antibiótico que no puede comprarse sin fórmula médica, no tendría riesgo de ser confundido por los consumidores, pues sus finalidades son diferentes.

Con este argumento, el director de Signos Distintivos de la entidad, Juan Manuel Serrano, decidió declarar como infundada la oposición que presentó Bayer. Desafortunadamente para Megavet, Tilmix no pudo ser inscrito, pues el despacho encontró que existía otro registro marcario con el que podría presentarse riesgo de confusión: Telmix.

En el estudio de registrabilidad, la SIC encontró que el signo se asemejaba a la marca inscrita bajo el Expediente N° 02080365 por Adler Pharma de Colombia para productos farmacéuticos cardiovasculares para uso humano.

Una de los socios de Amaya Propiedad Intelectual, Ángela Amaya, consideró que para el presente caso, “ambos signos son visual y fonéticamente confundibles, pues como ya se advirtió, el signo solicitado Tilmix reproduce casi la totalidad de la denominación Telmix de la marca registrada, cambiando únicamente la letra ‘E’ por la ‘I’, diferencia que resulta casi imperceptible al oído del consumidor”.