La SIC concluyó que tenían la misma secuencia vocálica y secuencia consonántica, por lo que no permitió el registro de la marca
13 de marzo de 2024Contenido
Laura Zapata se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Greshka para distinguir servicios de la clase 3 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como champú, cosméticos, mousses, geles, cremas, lociones, bálsamos para el cuidado, estilizado, limpieza, pintado y lacado del cabello, preparaciones hidratantes para el cabello, entre otros.
Luego de la solicitud, Industria de Diseño Textil, S.A. (Inditex S.A.) presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en los literales a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Inditex S.A. aseguró que la marca solicitada no contenía elementos que la pudieran diferenciar de la familia de marcas Bershka, de la cual ellos son titulares. Añadieron que desde el punto de vista ortográfico existían semejanzas que, además, llevaban a crear el mismo fonema, dificultando la diferenciación entre las dos marcas.
Agregaron que los signos coincidían en seis de sus siete letras, el número de letras, el número de sílabas, su terminación y la secuencia vocálica. Solo variaba en su secuencia consonántica la letra inicial de cada signo y, en la raíz, la letra inicial y la posición de las letras E y R. Entre sus argumentos señalaron “no es extraño que terceros quieran aprovecharse indebidamente de estos esfuerzos que a lo largo de varios años ha hecho mi representada por posicionar su marca y hacerla reconocida en el sector de la moda y vestuario”.
Zapata, representante legal de la marca solicitante, mencionó que si bien hay similitud en las letras “Shka”, también cada marca tiene un inicio distinto (“Gre” y “Ber”). Agregaron que la única vocal que coincide en posición es la “A”.
En cuanto al análisis comparativo, la SIC encontró que Bershka hace parte de una familia de marcas, por lo cual tiene una protección especial que consiste en proteger al titular de esta y a los consumidores. Asimismo, ambas marcas cuentan con la misma secuencia vocálica (“E” y “A”), y la misma secuencia consonántica (“R”, “S”, “H” y “K”).
La única variación, que además no aporta para que se logre una alta distintividad, es en las dos primeras letras de las expresiones, cambiando la “B” por la “G”, y alterando el orden de la primera vocal.
Tomando los argumentos de ambas partes en cuenta, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro de la marca Greshka.