Laboral

Bon Bon Bum de Colombina no frenó el registro de Bombón Barrilete en la Superindustria

Bombón Barrilete

La entidad señaló que las pruebas aportadas por Colombina correspondían a un reconocimiento anterior

23 de julio de 2026

Signo opositor

Signo solicitante

Paula Andrea Marín Lara

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, concedió el registro de la marca mixta Bombón Barrilete a favor de Borgynet International Holdings Corporation, luego de resolver la oposición presentada por Colombina S.A., que sostenía que el signo podía generar confusión con su reconocida marca Bon Bon Bum en el mercado de productos alimenticios.

El pleito surgió después de que Borgynet solicitara, el 10 de junio de 2025, el registro de Bombón Barrilete para distinguir productos de la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, que comprende artículos como chocolates, caramelos, gomitas, chicles, etc. En respuesta, Colombina argumentó que la marca reproducía elementos esenciales de Bon Bon Bum, tanto en el componente denominativo como en el gráfico, lo que podría generar riesgo de confusión y asociación.

La compañía también sostuvo que Bon Bon Bum es una marca notoriamente conocida en Colombia y en otros mercados de la región, por lo que solicitó a la SIC negar el registro al considerar que el nuevo signo afectaría la protección de la que gozan las marcas notorias. Por su parte, Borgynet respondió que el término “bombón” es de uso común dentro del sector de la confitería y que las diferencias entre las expresiones Barrilete y Bon Bon Bum, así como los elementos gráficos de ambas marcas, permiten distinguir su origen empresarial.

LOS CONTRASTES

  • Bernardo SandovalAbogado de la Unidad de Derecho Corporativa en Scola Abogados

    “La protección marcaria no puede instrumentalizarse para bloquear la creatividad ni para restringir la libre competencia, siempre que se respeten los derechos de los titulares.”

Después de analizar los argumentos de las partes, la Dirección de Signos Distintivos concluyó que el signo solicitado cuenta con suficiente capacidad distintiva. Además, precisó que los argumentos de Colombina realmente correspondían a un análisis de confundibilidad entre marcas, aspecto que fue estudiado y descartado durante el examen.

En relación con la notoriedad de Bon Bon Bum, la SIC indicó que dicha condición no se presume de manera permanente y debe demostrarse para el momento en que se presenta una nueva solicitud de registro. En ese sentido, señaló que las pruebas aportadas por Colombina correspondían a un reconocimiento anterior y no acreditaban la notoriedad de la marca para junio de 2025.

Con esta decisión, la SIC declaró infundada la oposición presentada por Colombina y otorgó el registro de la marca Bombón Barrilete para los productos solicitados en la clase 30.