Coomeva también se opuso al registro del signo de CEM Group, pero el órgano de control declaró infundados sus argumentos
28 de julio de 2025LOGOS PLEITOS ASUNTOS 200 X 200 (64)
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La sociedad española CEM Group S.R.L. solicitó el registro de su marca CEM para distinguir ascensores en la clase siete de la Clasificación Internacional de Niza.
Al trámite se opuso Caterpillar, fabricante de maquinaria de construcción, porque encontró similitudes con su signo SEM. La empresa argumentó que los productos de ambas compañías comparten la misma naturaleza e industria, por lo que los consumidores podrían asumir que ambas marcas provienen del mismo origen empresarial.
También afirmó que el signo solicitante es semejante al suyo, visual, ortográfica, fonética y conceptualmente.
La Cooperativa Médica del Valle y de Profesionales de Colombia, Coomeva, se sumó en contra de CEM Group y se fundamentó en que el signo solicitado es similarmente confundible desde el punto de vista ortográfico y visual con su marca Cem.
También señaló que cuenta con un derecho adquirido sobre esta expresión que “no podrá ser desconocido o vulnerado por el despacho”.
En el estudio de registrabilidad, la SIC encontró que al realizar el cotejo de los elementos nominativos, la similitud fonética entre los signos es casi idéntica y la “leve diferencia gráfica pasa a un segundo plano frente a la identidad sonora”.
El órgano de control señaló que un consumidor promedio no percibiría la diferencia ortográfica y podría caer en el error de considerar que ambas marcas provienen del mismo origen empresarial.
En cuanto a la conexión competitiva con el signo de Caterpillar, estableció que sus productos efectivamente comparten la misma naturaleza y finalidad; y con respecto a Coomeva, encontró que no existe ningún criterio que se cumpla y no hay una “razonable expectativa” de que los consumidores consideren que una empresa de maquinaria y una de servicios financieros tengan el mismo origen. Descartó, con esta última, cualquier riesgo de confusión directa o indirecta.
En consecuencia, la SIC resolvió declarar fundada la oposición de Caterpillar, infundadas las causales en contra expuestas por Coomeva y negar el registro de la marca CEM.
Juan Pablo Reyes Villamizar, socio en Reyes & Reyes Abogados, opinó que la decisión de negación de la dirección fue acertada, pues “a pesar del carácter mixto de la marca solicitada, su elemento predominante es la expresión CEM, la cual está presente en las marcas opositoras que justificaron su cobertura y conexidad competitiva con la marca solicitada”.