La Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro a la marca Clara Account, pues genera riesgo de confusión
26 de noviembre de 2024LOGOS PLEITOS ASUNTOS 200 X 200 (56)
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CF Tech Colombia S.A.S se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Clara Account para distinguir productos y servicios de las clases 9, 36 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son comprendidos como tarjetas de crédito codificadas magnéticamente o con chip, servicios tarjeta de crédito corporativa y plataforma de control y gestión de gastos empresariales.
Luego de la solicitud, Claro S.A., presentó oposición ante todas las clases en cuestión con fundamento en el literal a) y h) del artículo 136 y 137 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La parte opositora argumentó que “la marca solicitada es confundible con las marcas Claro que conforman una familia de marcas, como quiera que existe semejanzas ortográficas, conceptuales y fonéticas y coincidencia de productos, lo cual genera riesgo de confusión”.
La marca solicitante respondió diciendo que “desde el punto de vista ortográfico y fonético la marca tiene una extensión mayor, lo que impacta la percepción del consumidor, quien podrá distinguir una palabra de cinco letras de una expresión de dos palabras y 9 letras”.
La Superintendencia dijo que “esta dirección encuentra que los signos analizados son similarmente confundibles. En efecto, al apreciarlos en conjunto se observa que son conceptual, ortográfica y fonéticamente similares, en relación con el elemento que caracteriza la familia de marcas, fundamento de oposición y la denominación del signo antecedente”.
Teniendo en cuenta los diferentes argumentos y el análisis presentado, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro a la marca Clara Account, pues genera riesgo de confusión con la marca ya registrada.