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Claro S.A no frenó el registro marcario de HP Claritas en la Superindustria y Comercio

Claro

La entidad afirmó que el consumidor no confundirá ni asociará a las marcas porque sus elementos nominativos son distintivos

31 de octubre de 2023

Juan Camilo Colorado

Canal de noticias de Asuntos Legales

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HP Hewlett Packard Group LLC se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca HP Claritas, que distingue productos de la clase 9 de la Clasificación Internacional de Niza tales como monitores y pantallas para computadores.

Luego de la solicitud, Claro S.A. presentó oposición a todas las clases en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Claro S.A. explicó que el registro de la marca solicitante no era viable en tanto que esta reproducía parcialmente el elemento nominativo de Claro sin que la edición de la letra “S” le diera la distinción suficiente para continuar con el registro. Adicionalmente, expresaron que existiría una conexidad competitiva entre los productos a identificar porque serían complementarios entre ellos.

Siguiendo los argumentos de oposición, los dueños de Claro afirmaron que, así la expresión solicitante sea de género femenino y la de ellos sea de género masculino, el riesgo de confusión y asociación entre las marcas sería inminente; esto sumado a una presunta semejanza fonética y ortográfica. De la misma manera, expresaron que se activaría una conexidad competitiva porque mientras HP Claritas pretendía identificar monitores para computador, la opositora identifica programas informáticos, hardware y decodificadores; productos complementarios, según ellos.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo CabreraSocio en Sergio Cabrera Abogados

    “La comparación entre signos se realiza incluyendo los elementos gráficos, palabras y visuales. La solicitante no tiene similitud capaz de confundirse con Claro”.

Tras los argumentos de oposición de la marca opositora, los representantes de HP Claritas respondieron a la oposición afirmando que no habría un riesgo de asociación o confusión entre las marcas porque los consumidores de productos de tecnología son selectivos y no le prestan atención al elemento marcario en su conjunto sino en las características y prestaciones que una marca pueda ofrecer. De la misma forma, afirmaron que los consumidores asociarán al producto con Hewlett Packard (marca dueña) y no con Claro.

El análisis de la Superindustria se fundamentó en determinar si el elemento nominativo o el gráfico era el que predominaba; al decantarse por el nominativo, concluyeron que no habría un riesgo de asociación o confusión entre las marcas porque cada una de ellas cuenta con elementos que les aportan la distinción necesaria.

En razón a lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio, luego del estudio de la solicitud de registro, de la oposición presentada y el análisis propio, decidió conceder el registro de HP Claritas.