SIC estableció semejanzas entre Bumba Boom, Bon Bon Bum y Bubbaloo
07 de diciembre de 2017Contenido
El mercado de confites se vio sacudido por un pleito de marcas entre tres compañías del sector, las cuales se enfrentaron en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para proteger el nombre de sus productos.
Las implicadas en el caso fueron la caleña Aldor, que solicitó a la Dirección de Signos Distintivos de la entidad la inscripción de la marca Bumba Boom, y Colombina y el conglomerado estadounidense Mondelēz, titulares de Bon Bon Bum y Bubbaloo, respectivamente, las cuales se opusieron al registro.
El conflicto data de agosto de 2015, cuando Aldor quiso inscribir bajo el nombre pedido una serie de productos de confitería en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza. Bumba Boom también acompañaría a los chicles Bumba y Bumba Metro, que ya son marcas registradas.
Colombina, que también es una empresa vallecaucana y cuya producción actualmente se distribuye en 70 países, sostuvo que el signo solicitado reproducía el elemento esencial de su familia de marcas de colombinas rellenas de goma de mascar, por lo que presentó en su oposición 33 registros a su nombre y argumentó que un consumidor desprevenido fácilmente podría confundirse y pensar que Bumba Bom era uno de sus productos.
Adicionalmente, el representante de Colombina recordó a la SIC que Bon Bon Bum logró el estatus de signo notorio en 2014, por lo que la protección de la Dirección hacia este debía ser mayor.
Mondelēz, a través de la razón social Intercontinental Great Brands LLC, también se amparó en el carácter de signo notorio de su marca Bubbaloo. La compañía insistió en que el signo solicitado imitaba su registro, e indicó que Bumba Boom no agregaba elementos adicionales que permitieran diferenciar su origen empresarial de las 16 marcas existentes y relacionadas a la goma de mascar de su propiedad.
Con estos argumentos, la SIC decidió negar el registro solicitado por Aldor a través de la Resolución N° 79853 y declarar fundadas las oposiciones presentadas por las dos compañías de golosinas con el fin de proteger su propiedad industrial en el mercado de dulces.
Para el especialista en propiedad intelectual de la Universidad Externado, Pablo Andrés Delgado Peña, el reconocimiento que hace la SIC de los signos notorios “hace que la protección sea más integral e impida el registro de signos similares, como el del presente caso, Bumba Boom, para evitar riesgos de confusión directa o indirecta, y de asociación, así como evitar la legalización de una inminente actuación de competencia desleal”.
Delgado considera que a pesar de que el trámite de registro de signos distintivos sea independiente del área de los procedimientos de competencia desleal, “deben compartir de manera sistemática los criterios objetivos requeridos para los juicios de confundibilidad, para otorgar una mayor seguridad jurídica al mercado colombiano”.
Antecedentes:
Hace dos años, Aldor solicitó a la Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) la inscripción de la marca Bumba Bom en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, bajo la cual quería comercializar productos de confitería. A esta solicitud se opusieron otras dos empresas del sector: Colombina, propietaria de las chupetas rellenas de goma de mascar, Bon Bon Bum, y el conglomerado norteamericano Mondelēz, titular del chicle Bubbaloo.