Laboral

Comité Olímpico no dejó que el gimnasio Olympus Wellness se registrara ante la SIC

La solicitud pretendía prestar servicios idénticos a los del Comité Internacional, que están relacionados con la educación deportiva

20 de marzo de 2021

Juan Francisco Campuzano Vélez

Canal de noticias de Asuntos Legales

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El Comité Olímpico Internacional, gestor y organizador de los Juegos Olímpicos desde 1894 se enfrenta en este pleito de marcas al registro de un gimnasio en Bogotá.

A la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó Michael Aristizábal y solicitó el registro de la marca Olympus Wellness Center (mixta), que diferenciaría productos y servicios comprendidos en las clases 28 y 41 de la Clasificación Internacional de Niza.

Al registro de ambas clases se opuso el Comité International Olimpique, bajo el precepto de que usa una frase similar a dos expresiones que ya protegen: Olimpyan y Olympic.

Según explicaron ante la SIC, la reproducción que la solicitud hace de su familia de marcas haca que, si coexistiesen, haya una confusión por parte del consumidor sobre el origen de los servicios.

Solicitaron que el pleito se centre en la expresión ‘Olympus’, pues los complementos de la solicitud son, según ellos, descriptivos y no diferenciadores.

Aseguraron que, sumado a las evidentes similitudes gramaticales y fonéticas, las clases que pretende distinguir la solicitud son complementarias a las que ellos registraron (el Comité protege unas 27 clases con cada expresión antes dicha).

LOS CONTRASTES

  • Luis Fernando PatrónDirector Jurídico de Cárdenas Vega Asesores SAS

    “A mi juicio, el signo solicitado no es confundible con las marcas del Comité Olímpico Internacional. En efecto, los signos presentan relevantes diferencias a nivel ortográfico, conceptual y gráfico”.

Aristizábal hizo evidente que las marcas no tienen similitud, pues comparar una marca que tiene 21 caracteres con una de ocho no es consecuente con un análisis completo y responsable.

Aseguró que, aparte de que los conceptos evocan cosas diferentes, el mismo prestigio de las marcas del Comité hace poco probable que un consumidor confunda las marcas.

La SIC analizó que, debido a que los prefijos ‘olymp’ y ‘olimp’ no son comunes para las clases solicitadas, sí hay un riesgo de confusión.

Por esa razón, y por el hecho de que los servicios solicitados son complementarios a los que presta el Comité Olímpico, el despacho tomó la decisión de negar el registro de la marca Olympus Wellness Center.