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Constructora Conconcreto se vio beneficiada por decisión de la Dirección de la Superindustria

Foto por: Conconcreto

La Superintendencia de Industria y Comercio negó el registro de la marca Artconcreto a Orlando Silva Gómez

24 de septiembre de 2018

Alejandro Valencia

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En la Superintendencia de Industria y Comercio, Orlando Silva Gómez, solicitó el registro de la marca Artconcreto para distinguir materiales de construcción y servicios de construcción, correspondientes a las clases 19 y 37 de la Clasificación Internacional de Niza.

Frente a la solicitud, Constructora Conconcreto presentó oposición, pero la Superindustria la declaró infundada, sin embargo, tampoco permitió el registro de la marca Artconcreto, hecho del que salió beneficiada la constructora.

Las razones para esta determinación se basaron en que, primero, entre los signos en conflicto, la Dirección de Signos Distintivos observó que en el plano ortográfico presentan distintas cadenas vocálicas que producen una impresión diferente. El hecho de compartir la partícula ‘Concreto’ no significa que por eso se deba negar el registro, teniendo en cuenta que ya existen marcas antecedentes para las mismas clases.

Segundo, los argumentos entonces de la SIC para negar el registro de Artconcreto es por otra marca antecedente que está en las bases de datos de la Dirección. Se trata del signo ‘Concretarte’, que para la Superintendencia, en este caso, sí considera que son similarmente confundibles, con base en que invertir el orden de las partículas que componen la marca, a pesar de que falte la letra ‘E’, no es suficiente para otorgar distintividad.

En ese orden de ideas, la decisión final también se fundamentó en que la dos nuevas marcas en conflicto comparten una conexión competitiva, pues ambos signos distinguen clases del mismo tipo, por consiguiente, el consumidor promedio no podrá determinar que se trata de dos marcas diferente origen empresarial.