Laboral

Diesel frenó registro de Diese Cluthing en la Superindustria por uso de la expresión

Colprensa

La Superintendencia recalcó que la marca opositora es notoria dentro del mercado de las prendas de vestir, por lo que se debe proteger

19 de diciembre de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao

Canal de noticias de Asuntos Legales

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María Camila Collazos Cadavid se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), con el objetivo de solicitar el registro de la marca Diese Cluthing (Nominativa), para distinguir productos y servicios comprendidos en las clases 25 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza que denotan Prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería en la clase 25 y publicidad, gestión, organización y administración de negocios comerciales y trabajos de oficina para la 35.

Luego de la solicitud, Diesel S.P.A. presentó oposición en todas las clases con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el artículo 136 de la Comisión de la Comunidad Andina.

LOS CONTRASTES

  • Ángela Amaya Socia de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado Diese reproduce en su totalidad la marca registrada Diesel; al ser fonética y ortográficamente similares se niega su registro”.

La opositora a utiliza su nombre para comercializar prendas de vestir dentro del mercado, por lo que dijo que, “la expresión Diesel es una palabra con significado conocido, pero que nada tiene que ver con productos comprendidos en la clase 25 ni servicios de la clase 35. Se trata entonces de una Marca De Fantasía pues el concepto que evoca, no guarda relación directa ni indirecta con ninguno de los productos o servicios comprendidos en las clases arriba anotadas”.

Por otro lado, la opositora recalcó que cuentan con una familia de marcas bajo ese mismo nombre, debido a que desde el año 2020 la Superintendencia de Industria y Comercio reconocida a Diesel como una marca notoria dentro del mercado, por lo que el registro dañaría la imagen.

Además, expresó que los demás elementos nominativos que acompañan a la expresión “Diese”, no son suficientes para generar la distintividad requerida, para poder conceder el registro, ya que para juicio de la opositora este en un intento de aprovecharse de la marca notoria utilizando su nombre dentro del mercado de prendas de vestir. Además, dijo que la solicitante replica en un 86% a la opositora, por utilizar en su signo la expresión previamente mencionada.

Dentro del término concedido, María Camila Collazos Cadavid no respondió a la oposición, por lo que la SIC decidió analizar los argumentos opositores.

Tras la revisión, la SIC encontró que Diesel cuenta con una familia de marcas, por lo que el registro del signo solicitado afectaría a la opositora por sus similitudes ortográficas y fonéticas, por lo que los consumidores podrían asociar ambas marcas con una sola y así dañar la notoriedad adquirida.

Por estos motivos, la SIC declaró fundada la oposición de Diesel y negó el registro de Diese Cluthing a su solicitante.