Laboral

El Emisor, creador de Bre-B, frenó el registro de Rebreve By Coomeva en la SIC

Banco de la República

se negó el registro por riesgo de confusión y asociación entre marcas

19 de agosto de 2026

BRE-B

Rebreve By bancoomeva

Paula Andrea Marín Lara

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, negó el registro de la marca mixta “Rebreve by Bancoomeva”, solicitada por la Cooperativa Médica del Valle y de Profesionales de Colombia, Coomeva, luego de declarar fundada la oposición presentada por el Banco de la República.

La solicitud de registro había sido presentada en julio de 2025 para identificar servicios de la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza, relacionados con operaciones financieras, actividades bancarias, pagos, banca móvil y transferencias electrónicas, entre otros.

El Banco de la República se opuso al registro al considerar que el signo “Rebreve by Bancoomeva” podía generar confusión o asociación con su marca “Bre-B”, registrada para servicios de las clases 9, 36 y 42. La entidad argumentó que existían similitudes ortográficas, fonéticas y conceptuales entre ambas denominaciones.

LOS CONTRASTES

  • Andrés Medina de TrianaExperto en Propiedad Intelectual

    “Existe una confundibilidad entre los signos. Hace bien la autoridad en proteger al público consumidor. En este caso, prevalece el consumidor al pronunciar las marcas y adquirir los servicios”.

En el análisis, la SIC señaló que, tratándose de una marca mixta, el elemento denominativo tiene un papel predominante cuando es el componente que permite al consumidor identificar y solicitar el servicio. En el caso estudiado, la expresión “Rebreve” constituye el principal elemento verbal de la marca solicitada, mientras que “By Bancoomeva” aparece en un tamaño menor y el diseño gráfico corresponde a una mano estilizada realizando un chasquido.

La oposición también sostuvo que la similitud entre las denominaciones podía llevar al consumidor a interpretar que “Rebreve” era una extensión, variación o línea relacionada con Bre-B. Entre los argumentos presentados estuvo la coincidencia de elementos como las letras B, R y E, además de la semejanza sonora entre ambas expresiones.

Finalmente, la SIC determinó que el signo solicitado se encontraba comprendido en la causal de irregistrabilidad prevista en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina. Ante ello, declaró fundada la oposición del Banco de la República y negó el registro de “Rebreve by Bancoomeva” para los servicios de la clase 36.

La resolución fue expedida en Bogotá el 14 de agosto de 2026 y contra ella procede recurso de apelación ante la Superintendente Delegada para la Propiedad Industrial, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación.