La entidad marcaria determinó negar el registro del solicitante por una posible confusión por parte de los consumidores
04 de marzo de 2023Contenido
Ante la Superintendencia de Industria y Comercio se presentó Quala Inc., solicitando el registro de la marca Ricompletoyá, mixta, para distinguir productos comprendidos en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, la cual denota los productos alimenticios de origen vegetal, excepto las frutas, verduras, hortalizas y legumbres preparados o en conserva para su consumo o conservación, así como los aditivos para realzar el sabor de los alimentos.
Tras la solicitud, Fábrica de Especias y Productos El Rey S.A., presentó oposición al registro bajo las causales de irregistrabilidad contenidas en los literales a y h del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La anterior bajo el argumento de que la marca Ricompletoyá fue erróneamente concedida en el pasado, pero no ha sido usada desde hace aproximadamente cinco años, y prueba de ello es la actual solicitud que pretende tratar de suplir el no uso de esa marca, que ahora es objeto de acción de cancelación.
Además de esto, afirma que la familia de marcas El Rey, cuenta con una distinción especial, en la que se encuentran los productos “Tricompleto” y “Tricompleto El Rey”, los cuales, comparándolos con el signo solicitado, son similarmente confundibles y podrían generar confusión en los consumidores de estos productos.
Después de presentada la oposición, Quala Inc. contra argumentó que Ricompletoyá es una marca previamente registrada desde 2016, por lo que la misma ostenta la distintividad requerida para ser protegida como marca.
Tras analizar ambos argumentos, la SIC determinó que, en efecto, el signo solicitado resulta similarmente confundible con las marcas opositoras, por lo que decidió declarar fundada la oposición y negar el registro.