La Superindustria recalcó que las marcas en conflicto podrán convivir dentro del mercado de alimentos, sin que una afecte a la otra
12 de noviembre de 2022Contenido
Industrias Alimenticias La Reina S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) con el fin de solicitar el registro de la marca La Reina (Mixta) para distinguir productos comprendidos en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota rosquillas, pandeyucas y besos.
Luego de la solicitud, Fábrica de Especias y Productos El Rey S.A. presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en los artículos 136 y 137 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La opositora recordó que tiene una marca notoria dentro del mercado colombiano, por lo que señaló que “la solicitada reproduce en su totalidad, desde los aspectos ideológicos y visuales, a la marca notoriamente conocida El Rey y su marca derivada La Reina”. Además, recalcó el parentesco en el concepto ideológico entre ambas.
Dentro del término concedido, Industrias Alimenticias La Reina respondió a la oposición argumentando que, desde la psicología del color, su marca cuenta con la suficiente distintividad en la composición gráfica, por lo que no generaría riesgo de confusión en los consumidores.
Tras revisar los argumentos, la Superindustria encontró que, en efecto, la opositora cuenta con una familia de marcas alrededor de la expresión “El Rey”. Sin embargo, señaló que los signos en conflicto cuentan con la suficiente distintividad en sus logotipos, ya que tienen elementos visuales y colores diferenciadores que les dan autenticidad.
Por esto, la SIC declaró infundada la oposición de El Rey y concedió la marca solicitada.