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El Rey no logró impedir el registro de marca de The Kings Cocktails en la SIC

La SIC concluyó que las diferencias gráficas, fonéticas y conceptuales entre The Kings Cocktails y las marcas de El Rey permiten su coexistencia en el mercado

15 de octubre de 2026

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Paula Andrea Marín Lara

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La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, le concedió el registro de la marca The Kings Cocktails, solicitada por Andrés Felipe Valencia Rico, luego de estudiar la oposición presentada por Fábrica de Especias y Productos El Rey. La compañía argumentó que el signo podía generar confusión con marcas de su portafolio, entre ellas The King y El Rey. Sin embargo, la entidad concluyó que las diferencias entre las denominaciones y sus elementos gráficos permitían que coexistieran en el mercado.

La solicitud buscaba proteger una marca mixta para identificar servicios comprendidos en la clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza, relacionados con el suministro de alimentos y bebidas en restaurantes y bares. El signo The Kings Cocktails combina una denominación asociada a la coctelería con elementos gráficos, entre ellos una figura de una calavera coronada. La oposición de Fábrica de Especias y Productos El Rey se centró en las similitudes que existían entre la marca solicitada y los signos previamente registrados. La empresa señaló que la palabra King, cuya traducción al español es rey, podía generar una asociación con sus marcas. También sostuvo que el término Cocktails era descriptivo de los servicios que se pretendían distinguir.

LOS CONTRASTES

  • Edgar Iván León RobayoEspecialista en Derecho Comercial

    “La existencia de marcas previamente registradas, incluso notorias, no impide la concesión del registro a un signo que comparta elementos comunes con ellas”.

Durante el procedimiento, el solicitante defendió la diferenciación del conjunto marcario. Su argumento se apoyó en la composición integral del signo, incluidos sus elementos gráficos. Al evaluar el caso, la SIC consideró que la presencia de la palabra King no bastaba para impedir el registro. La entidad señaló que se trata de un término débil para distinguir servicios de la clase 43, por lo que su utilización no puede analizarse de manera aislada para determinar si existe riesgo de confusión. En cambio, es necesario examinar los signos en su conjunto y establecer si sus semejanzas pueden llevar a los consumidores a confundir su origen empresarial o a creer que existe algún vínculo entre sus titulares.

A partir de ese análisis, la Superindustria concluyó que The Kings Cocktails presentaba diferencias gráficas, fonéticas y conceptuales frente a las marcas citadas por El Rey. Estas distinciones fueron consideradas suficientes para descartar que el público consumidor pudiera confundir los signos o asumir que provenían de la misma empresa. Con base en estas consideraciones, la Superintendencia de Industria y Comercio declaró infundada la oposición y concedió el registro de The Kings Cocktails como marca mixta.