Laboral

Ela no frenó el registró de la marca Ella y DJ ante la Superintendencia de Industria

Ela

La SIC explicó en su análisis comparativo que el elemento de mayor impacto en el signo solicitado es la conjunción de las tres palabras Ella y DJ

29 de enero de 2026

Signo opositor

Signo solicitante

Isabella Rodríguez Ángel

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La ciudadana Omaira Paola Díaz Santiago, se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Ella y DJ, mixta, para distinguir productos de la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería.

Luego de la solicitud, la sociedad American Gaia Corp. presentó oposición con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina. American Gaia Corp. indicó que el nombre solicitado es similar al de su marca debidamente registrada como Ela y sus marcas de la misma familia, haciéndolo confundible con el título solicitante.

Además agregó que, por el aspecto ortográfico y fonético, los signos presentan una fuerte semejanza, especialmente porque el signo solicitado reproduce en una parte preponderante la denominación Ela.

De igual manera, anotaron que el consumidor confundirá fácilmente los productos de la clase 25 al compartirse los mismos canales de mercado. “El registro de la marca Ella y DJ violaría las normas de propiedad industrial al ser confundible con otras ya registradas, produciendo confusión en el público consumidor y una dilución de la fuerza distintiva de los productos originales Ela”, afirmó American Gaia Corp. en su informe.

LOS CONTRASTES

  • Michelle JacquinAbogada de Derecho Corporativo en Scola Abogados

    “La resolución se fundamenta en un análisis equilibrado entre la protección reforzada que merece una familia de marcas y la necesidad de permitir la coexistencia de signos distintivos”.

La solicitante, Díaz Santiago, justificó su solicitud explicando que no existe ningún riesgo de confusión entre ambas marcas debido a que su marca incorpora un conjunto de letras e imagen que contrasta significativamente con la marca opositora.

Además, recalcó la diferencia conceptual al destacar que su marca Ella y DJ añade un contexto de cultura urbana y música, mientras que la opositora es una expresión de fantasía o un nombre propio sin una carga ideológica clara.

La SIC explicó en su análisis comparativo que el elemento de mayor impacto en el signo solicitado es la conjunción de las tres palabras Ella y DJ, lo cual transmite una idea que se separa de la familia de marcas Ela.

Aunque la SIC reconoció la existencia de una familia de marcas para la opositora, concluyó que Ella y DJ pueden coexistir con la marca Ela, pues la adición del elemento “y DJ” es un diferenciador crucial que diluye las similitudes. Finalmente, la SIC decidió conceder el registro de la marca Ella y DJ.