Davivienda argumentó que la marca solicitada podría generar confusión en los consumidores al pensar que tiene un mismo origen.
15 de junio de 2022Contenido
Affari S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Leva (Mixta) para distinguir servicios comprendidos en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota servicios financieros y monetarios, créditos digitales, micro créditos, entre otros.
Luego de la solicitud, Banco Davivienda S.A. presentó oposición a la solicitud argumentando que si el consumidor encuentra en el mercado la marca solicitada concluirá, inmediatamente, que este es un servicio ofrecido por la empresa, ya que se parece a la marca previamente registrada, Eleva Davivienda.
“Los signos coinciden en la secuencia Leva, por lo que la marca solicitada resulta una reproducción parcial del elemento predominante de las marcas previas Eleva, diferenciándose únicamente en la omisión de la E”, manifestó la opositora.
Dentro del término concedido, Affari S.A.S. dio respuesta a la oposición argumentando que, desde el punto de vista ortográfico, no existen similitudes que puedan crear riesgo de confusión en el consumidor pues, a pesar de que ambas comparten algunas de sus letras, los signos no tienen la misma extensión y no comparten raíz ni terminación.
Por otra parte, desde el punto de vista conceptual, respondió que es evidente que no existen similitudes, puesto que Leva es una expresión propia que no tiene relación con los productos que distingue y no es sinónimo de la expresión de la marca de Davivienda.
Además, agregó que las marcas son diferentes en su aspecto visual, lo que aporta diferencias sustanciales para que se pueda realizar su registro.
Luego de su análisis, la SIC concluyó que, si bien los signos comparados tienen una semejanza, al compartir la terminación “Leva”, cuando se analizan en conjunto se encuentra que cada uno de ellos cuenta con elementos adicionales, nominativos y conceptuales, que generan que, al ser pronunciados y transcritos, produzcan una expresión totalmente diferente en el consumidor.
“Pese a la coincidencia que presentan, no existe similitud capaz de generar error en el consumidor, debido principalmente a que cuentan con elementos conceptuales que los hacen diferentes”, dijo la entidad.
Por esto, la SIC declaró infundada la oposición de Davivienda y concedió el registro de Leva en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza.