Para la SIC, el signo solicitado sí reproduce parcialmente el ya registrado por EPM, al ser evidente el uso de las letras C y H
23 de febrero de 2023Contenido
Ante la Superintendencia de Industria y Comercio se presentó The Children’s Hospital of Philadelphia solicitando el registro de la marca CH, mixta, para distinguir servicios comprendidos en la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza, la cual denota los servicios prestados por personas o instituciones para desarrollar las facultades mentales de personas o animales, así como los servicios destinados a divertir o entretener.
Tras la solicitud, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. presentó oposición al registro con fundamento en la causal establecida en el artículo 136 literal a de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, esto con el argumento de que el signo solicitado no cuenta con ningún tipo de diferencia con el signo previamente registrado de la Fundación Chec, propiedad de EPM, el cual cuenta con un logo compuesto por una C y una H, tal cual como el signo solicitante. Por ello, argumenta que no se genera ningún tipo de distinción, lo que podría generar confusión en los consumidores de ambos servicios.
Además, EPM afirma que ambas marcas tienen una vinculación, conexión y relación, ya que cuentan con una complementariedad entre sí de los productos y servicios que ofrecen, y esto generaría la posibilidad de creer que dichos productos y servicios provienen del mismo empresario, algo que según EPM, es contraproducente.
Después de presentada la oposición, The Children’s Hospital of Philadelphia contra argumentó que existen varias diferencias gráficas entre los signos en disputa, siendo una de ellas el hecho de que la marca solicitada tiene rasgos en la C y en la H suficientemente característicos frente a la marca del opositor, por lo que asegura que la marca solicitada no es una reproducción de la que ya está registrada, por lo que éstas no son similarmente confundibles ni correrían el riesgo de confundir al consumidor. The Children’s Hospital agregó que ambos servicios están dirigidos a públicos distintos, ya que ambos operan en mercados diferentes, lo que haría aún más improbable el riesgo de confusión.
Finalmente, y tras analizar ambos argumentos, la SIC determinó que los signos analizados CH y CH son similarmente confundibles. Resolvió que, al apreciarlos en conjunto, se observa que son ortográfica y fonéticamente similares, sin que los elementos adicionales que incluye el signo solicitado le otorguen un grado de distintividad evidente que impida la confusión a los usuarios, por lo que declaró fundada la oposición y denegó el registro solicitado.