La Superindustria decidió conceder el registro de Vida Sana C&Y por sus elementos distintivos
02 de octubre de 2023Contenido
Óscar David Perdomo García se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Vida Sana C&Y que distingue servicios de la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza tales como la comercialización de productos cosméticos, productos de belleza, cuidado personal y bienestar.
Luego de la solicitud, Almacenes Éxito S.A. presentó oposición para las mismas clases en mención con fundamento en el literal a) y c) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Almacenes Éxito S.A. explicó que el registro de la marca solicitante no era viable en tanto que ambas marcas tenían similitudes fonéticas y ortográficas que no le hubieran permitido al consumidor diferenciarlas. Sumado a esto, explicaron que la marca solicitante no contaba con texturas, formas o trazos que le hubieran permitido continuar con el registro marcario.
Siguiendo los argumentos de oposición, los dueños de Vida Sana Éxito y Vida Sana Carulla explicaron que ambas expresiones se asemejaban tanto en la ubicación de las palabras como en la extensión de estas y la impresión fonética que estas generarían. Según ellos, el impacto del registro marcario de Vida Sana C&Y hubiera radicado en la imposibilidad del consumidor de distinguir el origen empresarial de las marcas ni los productos y servicios que pretendía distinguir.
Tras los argumentos de oposición de Almacenes Éxito S.A., el dueño de la marca solicitante respondió a la oposición afirmando que el registro de la marca era viable en tanto que la impresión fonética que ambas generarían era diferentes.Así mismo, aseveró que la marca opositora no podía apropiarse de la expresión “Vida Sana” porque esta es de uso común para los servicios que pretendía identificar; finalmente, agregó que la marca cuenta con elementos gráficos que le permiten distinguirse de otras en el mercado.
Después de esto, el análisis de la Superindustria consistió en definir si el elemento nominativo o gráfico era el predominante. Como la marca en cuestión es de tipo mixta, la entidad concluyó que su registro sí era viable en tanto que esta contaba con otros elementos gráficos que le permitían distinguirse de otras en el mercado; así mismo, demostraron que existen otras marcas con la misma expresión y que coexisten en el mercado.
En razón a lo anterior, la Superindustria luego del estudio de la solicitud de registro, de la oposición presentada, la respuesta a la oposición y el análisis propio, decidió conceder el registro de Vida Sana C&Y por sus elementos distintivos.