Laboral

Golden Power Iberia no frenó marca de Juliao en la Superindustria y Comercio

Juliao

Se desestimó la existencia de riesgo de asociación al considerar que el conjunto revelaba impresiones visuales y auditivas totalmente independientes

14 de septiembre de 2026

Signo Opositor

Signo Solicitado

Paula Andrea Marín Lara

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, le concedió a la sociedad Productos Juliao el registro de la marca Livarel, luego de estudiar la oposición presentada por la compañía Golden Power Iberia, que cuestionó la solicitud por considerar que el signo guardaba similitudes con sus marcas previamente registradas como Livva.

La solicitud había sido presentada para identificar productos de las clases 3 y 5 de la Clasificación Internacional de Niza, relacionados con cosméticos, así como productos farmacéuticos y preparaciones para uso médico o veterinario. Golden Power Iberia fundamentó su oposición principalmente en el riesgo de confusión entre los signos. La compañía opositora señaló que era titular de la marca registrada Livva y sostuvo que la expresión solicitada reproducía el elemento inicial “Liva”, el cual definió como la raíz dominante. Según sus argumentos, la cercanía fonética, gramatical y visual entre Livva y Livarel resultaba suficiente para inducir a error o causar un riesgo de asociación entre los consumidores del mercado.

Por su parte, Productos Juliao respondió que el signo Livarel poseía la suficiente distintividad frente a las marcas citadas en la oposición. En su defensa, la solicitante destacó diferencias clave entre ambas expresiones, resaltando que la marca solicitada se compone de siete letras frente a cinco del signo opositor, además de contar con una pronunciación distinta marcada por la terminación en “Rel”.

También, sostuvo que la percepción de conjunto permitía a los consumidores diferenciar claramente ambos nombres dentro de sus respectivos sectores comerciales sin caer en confusión. Al analizar el caso, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC desestimó la existencia de riesgo de asociación al considerar que el conjunto revelaba impresiones visuales y auditivas totalmente independientes.

LOS CONTRASTES

  • Carlos Eduardo GuzmánSeneor & Seneor Abogados

    “La marca fue concedida al determinarse que la diferencia en la sílaba final le otorga suficiente distintividad para evitar cualquier riesgo de confusión”.

Por esta razón, la entidad concluyó que no se configuraban las causales de irregistrabilidad alegadas por el opositor y declaró infundada la oposición presentada. Por ello, la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, le terminó concediendo a la compañía de Productos Juliao el registro de la marca mixta Livarel en las clases 3 y 5 de la Clasificación Internacional de Niza; productos de belleza y farmacéuticos.

El registro tendrá una vigencia de 10 años contados a partir de la fecha en que quede en firme la resolución correspondiente, decisión frente a la cual procede el recurso de apelación ante la Superintendente Delegada para la Propiedad Industrial.