La marca solicitada ya había sido cancelada por no uso de Haz de Oros. No hay riesgo de confusión, pero la SIC negó el registro
30 de enero de 2021Contenido
A la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó el señor Eugenio José Castañeda Agredo para registrar la marca Oro Trigo (nominativa), para distinguir productos clasificados en la Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Al registro ante ese organismo se opuso la sociedad Harinera del Valle S.A., propietaria de la marca de harina Haz de Oros Oro Trigo, bajo el supuesto de confundibilidad.
Este no es el primer registro al que se opone la Harinera del Valle.
Según la Harinera del Valle, las marcas en disputa protegen productos de la misma naturaleza. Los productos que el solicitante pretendió proteger hubieran sido afines a los productos la oposición. Se agregó que la comercialización de los productos se haría en las mismas tiendas especializadas, y en el caso de almacenes de cadena, estos se pondrían en los mismos anaqueles de exhibición, lo que confundiría al consumidor.
La respuesta de Castañeda inició recordando que tiempo atrás, la misma Harinera del Valle S.A. había perdido el registro de la misma marca (Oro Trigo) por no uso. Además, el solicitante aclaró que los elementos son distintos si se miran en conjunto.
La SIC aclaró desde un principio que al tratarse de una comparación mixto-nominativo, el elemento principal de la marca opositora era el denominativo. Partiendo de allí, insistió en que los únicos elementos que comparten ambas marcas es la expresión ‘oro trigo’, que aisladamente se considera laudatoria. La Superindustria notó que no hay riesgo de confundibilidad.
Sin embargo, la SIC determinó infundada la oposición de Harinera del Valle S.A. y al mismo tiempo negó el registro de la marca Oro Trigo (nominativa).