La SIC no identificó riesgos de confusión entre los símbolos presentados, sin embargo el análisis determinó similitud con otra marca
04 de marzo de 2026Signo opositor (3)
Kokora
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El ciudadano Hardenson Yesid Moreno Ramírez se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Kokora Tu Momento, Nuestro Café, para distinguir productos de la Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales comprenden café, té, cacao y sus sucedáneos.
Luego de la solicitud, la sociedad Compañía Comercial e Industrial La Sabana Avesco S.A.S. presentó oposición con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina.
Avesco S.A.S. indicó que el nombre solicitado es similar al de su marca debidamente registrada como Kokoriko y sus marcas de familia, haciéndolo confundible con el signo solicitante. Además, agregaron que la marca solicitada reproduce el elemento de mayor distintividad de sus signos previos, lo que generaría un riesgo inminente de que el consumidor confunda ambas expresiones. De igual manera, anotaron que existe una protección reforzada para su familia de marcas, lo que exige un examen comparativo más estricto.
La SIC explicó en su análisis comparativo que, en el plano ortográfico y fonético, los signos confrontados presentan distintas terminaciones (“-ora” frente a “-riko”) y una cantidad diferente de sílabas, lo que genera una cadencia y entonación claramente diferenciadas. Asimismo, en el plano conceptual, determinó que Kokora evoca el Valle de Cocora y el entorno cafetero, mientras que Kokoriko no guarda relación con esta idea o tipo de concepto.
Aunque la SIC concluyó que Kokora puede coexistir con la marca Kokoriko de Avesco S.A.S., pues no generan confusión entre sí, negó el registro de Kokora Tu Momento, Nuestro Café al encontrar, de oficio, que se confunde con la marca previa Cocora Coffee Co. La autoridad señaló que ambos signos se pronuncian de manera idéntica y transmiten la misma idea vinculada al origen geográfico del café. Con base en esto, la SIC decidió declarar infundada la oposición de Avesco S.A.S., pero aún así negar el registro de la marca Kokora Tu Momento.