Laboral

La Federación de Cafeteros impidió el registro de la marca Café Tima

Bloomberg

Podría asociarse a una calidad equivocada.

27 de abril de 2018

Noelia Cigüenza Riaño

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La Federación Nacional de Cafeteros, la compañía que más pleitos marcarios enfrenta en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), se opuso al registro de la marca Café Tima (mixta) que solicitó la Red de Productores Ecológicos de la Sierra Nevada de Santa Marta (Red Ecolsierra) el pasado 16 de noviembre de 2017 para distinguir sus productos como café, té, cacao o arroz, entre otros.

La principal objeción de la Federación al registro de la marca fue que esta se deriva de la frase “cosecha orgánica de la Sierra Nevada de Santa Marta” lo que imita y evoca las denominaciones de origen de café como Café de la Sierra Nevada y Café de Colombia.

Otro de los argumentos que tenía la Federación era que el sello que incluye la marca de café informa a los consumidores que los productos adquiridos son supuestamente orgánicos. Sin embargo, el solicitante no aportó prueba para verificar tal información, por lo que no se demostró que el producto tuviera tal condición.

Precisamente, esa fue la razón por la que la SIC declaró fundada la oposición interpuesta por la Federación ya que “la marca incorpora en su conjunto expresiones que podrían generar una asociación equivocada en cuanto a su calidad”.


“La SIC acertó en su decisión, pues si bien el signo solicitado cuenta con distintividad suficiente, al incorporar aseveraciones que no fueron verificadas en el proceso de solicitud de registro, como la expresión “Café orgánico certificado” induciría al consumidor a error sobre la calidad de los productos que la marca busca identificar”, manifestó Álvaro Ramírez Bonilla, CEO de BR Latina.

LOS CONTRASTES

  • Catherine ZeaDirectora de Zea Consultoría

    “La decisión es acertada porque la marca es engañosa respecto de la calidad de los productos, pese a la eliminación de la expresión que hacía referencia a la denominación de origen protegida”.

Por su parte, Édgar Iván León Robayo, profesor de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, añadió que una de las características que debe reunir la marca es precisamente la veracidad de la información relacionada con el producto que pretende cubrir y en ese caso no había claridad.