Laboral

Harinera del Valle le ganó pleito a Team Foods Colombia por registro de marca

La Superintendencia de Industria y Comercio recibió oposición a la solicitud de la marca Canola Life Escucha Tu Corazón

28 de agosto de 2018

Alejandro Valencia

Canal de noticias de Asuntos Legales

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La Superintendencia de Industria y Comercio en un nuevo pleito marcario entre Harinera del Valle y Team Foods Colombia por el registro de la marca Canola Life Escucha Tu Corazón resolvió declarar infundada la oposición interpuesta por Team Foods Colombia y concedió el registro de la marca a la compañía solicitante, pero advirtiendo que el alcance del derecho otorgado es sobre el conjunto marcario nominativo y no exclusividad sobre las expresiones por separado de ‘Canola’, ‘Life’, ‘Escucha Tu Corazón’.

Harinera del Valle quería con su solicitud distinguir los productos comprendidos en la clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza que corresponde a aceites y grasas comestibles.

LOS CONTRASTES

  • ÉDGAR IVÁN LEÓN ROBAYOPROFESOR PRINCIPAL UNIVERSIDAD DEL ROSARIO

    “Si bien nadie podría apropiarse de la palabra canola, la configuración de la expresión solicitada como marca, la individualiza impidiendo cualquier clase de confusión por parte del consumidor”.

Sin embargo, Team Foods Colombia presentó oposición al argumentar que es una expresión inapropiable para identificar los productos que pretende amparar, por tratarse de un signo genérico y descriptivo que indica de manera clara e inmediata que el producto amparado es aceite de canola o contiene canola, y es nutritivo. En consecuencia, la marca solicitada a registro carece de distintividad.

No obstante, Harinera del Valle, en su término concedido para dar respuesta a la oposición, dijo que lo primero que es necesario advertir es que la marca Canola Life, ya está registrada, por tanto, no es cierto que sea descriptiva, ya que pasó previamente el examen de distintividad al otorgarse el registro. Así, la nueva marca solicitada es simplemente una marca derivada, lo que significa que de por sí ya tiene fuerza distintiva.

Frente al caso, Édgar Iván León Robayo, profesor principal de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario dijo que “el presente caso fue correctamente decidido por la Superintendencia, pues si bien nadie podría apropiarse de la palabra canola, la configuración de la expresión solicitada como marca la individualiza, impidiendo cualquier clase de confusión por parte del consumidor. Por otro lado, los competidores encuentran la posibilidad de usar algunas de las expresiones que conforman esta marca, pues la oficina de registro indicó en su resolución que no existe la posibilidad de apropiarse en exclusiva de los términos utilizados en este signo”.

Y es que la SIC en su análisis observó que el signo cuyo registro se solicita es de naturaleza nominativa, y cada uno de los elementos compone el conjunto marcario, así, la Dirección de Signos Distintivos concluyó que la fuerza distintiva intrínseca del mismo hace que sea susceptible de identificar productos y ser asociado por el consumidor con su respectivo origen empresarial, lo que traduce su independencia de la causal de irregistrabilidad.

Además, la Superindustria agregó que la marca solicitada no resulta engañosa no atenta contra las condiciones de veracidad impuestas en el tráfico mercantil y no informa necesariamente a los consumidores erróneamente sobre los artículos con ella distinguidos.

Antecedentes
La compañía vallecaucana, Harinera del Valle, lleva más de 60 años en la industria alimenticia. Fue fundada Harinera del Sur en 1947 en Pasto por Arcesio Paz Paz, quien con ayuda de un amigo compró un molino de trigo, pero luego en 1956 se trasladó a Cali donde nació la empresa junto con el producto Harina de Trigo Haz de Oros. Ya para 1970 adquirieron el Molino Roncaval que incrementó su desarrollo.