Se halló que sí existía una semejanza entre las marcas, pero que dicha similitud se veía diluida por otros elementos
28 de agosto de 2020Contenido
En este pleito marcario, Fedearroz solicitó el registro de la marca ‘Arroz, mi tienda del arroz, Fedearroz, del Campo a su Mesa, Varietal Aldeano’ (mixta) ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para poder distinguir productos de la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, la cual incluye café, cacao, arroz y harinas, entre otros. Sin embargo, Carmen Alicia Burbano presentó recurso de oposición en la entidad para poder defender su marca El Aldeano que distingue jamones.
Para Burbano, esta solicitud de registro resultaba problemática en la medida en que la marca a registrar transcribía de manera total la denominación Aldeano, la cual, está presente en sus marcas previamente registradas sin que el complemento del signo tanto en su composición nominativa: ‘Arroz, mi tienda del arroz, Fedearroz, del Campo a su Mesa, Varietal Aldeano’ como en su parte gráfica constituyera “un elemento diferenciador que logre evitar el riesgo de confusión entre los signos comparados” .
La opositora también alegó que la marca a registro representaba un riesgo en los servicios a inscribir ya que el consumidor podría pensar, de una manera errónea, “que ahora la marca se utiliza para arroz y no para los jamones como fue registrada”.
Por su parte, la Superindustria halló que sí existía una semejanza entre las marcas en conflicto debido a la inclusión de la palabra Aldeano, pero que dicha similitud se veía diluida por la configuración de partículas que conforman el signo llamado a registro, por lo que, en definitiva, su coexistencia no llegaría a generar un riesgo de confusión.
Finalmente, la SIC resolvió declarar infundada la oposición interpuesta por la marca El Aldeano y concedió el registro a la marca ‘Arroz, mi tienda del arroz, Fedearroz, del Campo a su Mesa, Varietal Aldeano’.