La Superindustria concedió el registro solo después de que se eliminara el café de los productos comercializados por el solicitante
24 de marzo de 2023Contenido
Ante la Superintendencia de Industria y Comerciose presentó Juan Esteban Sánchez Vásquez solicitando el registro de la marca Colombian place, mixta, para distinguir servicios comprendidos en la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, la cual denota los servicios de importación y exportación de productos.
Tras la solicitud, la Federación Nacional de Cafeteros presentó oposición al registro con fundamento en las causales de irregistrabilidad establecidas en los literales i y j del artículo 135 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Lo anterior, argumentando que la marca solicitada reproduce, imita y contiene una “Denominación de Origen” para identificar productos, la cual es una facultad marcaria que tiene la Fedecafe.
Dijo que Colombian place pretende imitar la denominación de origen “Café de Colombia”, al determinar un origen geográfico (Colombia) a cualquier producto que el solicitante pretenda exportar, incluyendo el café. Esta atribución a un origen cierto y determinado, se encuentra reforzada por los elementos gráficos que componen la marca solicitada, especialmente por el uso de los colores de la bandera nacional: amarillo, azul y rojo.
Tras la oposición presentada por la Fedecafe, Juan Esteban Sánchez Vasquez decidió modificar la solicitud inicial, y le aclaró a la SIC que excluyera cualquier tipo de producto derivado del café, y se comprometió a no exportar el grano.
Con este cambio, la denominación de origen protegida por la Federación de Cafeteros no tendría sustento.
Tras el cambio en la solicitud, la SIC determinó que el registro era posible, por lo que la oposición fue rechazada y el registro de la marca fue concedido.