La SIC explicó en su análisis comparativo que, aunque los signos comparten algunas letras, cuentan con elementos adicionales que generan una impresión diferente
17 de abril de 2026Signo solicitado
Signo opositor
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La sociedad Prodilatex S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Lennie, para distinguir productos de las clases 10 y 25 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales comprenden prendas de vestir, fajas reductoras, ropa deportiva de compresión y artículos con fines médicos como mentoneras y fajas postquirúrgicas.
Luego de la solicitud, la sociedad Asia Consulting Development Ltd presentó oposición con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, indicando que el nombre solicitado es similar al de su marca previamente registrada, Leonisa, haciéndolo confundible con el signo solicitado.
Además, agregaron que las marcas comparten el mismo orden de letras en su raíz “Lenni/Leoni” y que la similitud fonética es casi ineludible para hacia los consumidores.
Por su parte, Prodilatex S.A.S. justificó su solicitud explicando que no existe riesgo de confusión debido a que las marcas presentan diferencias visuales claras. Además, recalcaron la diferencia entre los nombres al ver que su marca solicitada, Lennie, posee dos sílabas, mientras que la opositora, Leonisa, está integrada por cuatro sílabas.
La SIC explicó en su análisis comparativo que, aunque los signos comparten algunas letras, cuentan con elementos adicionales que generan una impresión totalmente diferente al ser pronunciados y visualizados.
En el plano ortográfico, los signos confrontados presentan distintas cadenas vocálicas y silábicas, destacando que el sonido de la terminación “nnie” es totalmente distinto al de la terminación “nisa”. Con base a esto, la SIC decidió conceder el registro de la marca Lennie.