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Los supermercados Jumbo se opusieron al registro de la marca JumboCDT ante la SIC

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La SIC dio la razón a Cencosud en la oposición contra el registro de la marca JumboCDT, al considerar que existía riesgo de confusión

29 de noviembre de 2025

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Julián Bermeo

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Desde su llegada al país en 2014, Jumbo se ha consolidado como una de las cadenas de supermercados más reconocidas en las principales ciudades. Cencosud, la multinacional chilena que opera la marca, adelanta actualmente un proceso de reconversión de sus 80 establecimientos en el mercado local, y la operación en Colombia representa aproximadamente 5% del total del grupo.

En este contexto, a las oficinas de la Superintendencia de Industria y Comercio llegó la solicitud de la empresa MejorCDT para registrar la marca JumboCDT en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza, con el fin de prestar servicios financieros; sin embargo, la multinacional Cencosud S.A. presentó una oposición argumentando un alto riesgo de confusión entre ambas marcas.

Según Cencosud, la añadidura “CDT” es genérica porque describe un producto financiero y carece de distintividad. Además, sostuvo que el término “Jumbo” es el elemento dominante de su familia marcaria, ampliamente reconocido por los colombianos y de uso extendido.

LOS CONTRASTES

  • Danilo Romerosocio en Holland & Knight

    “Estoy de acuerdo con la SIC por negar la marca, por ser similar en cuanto a su composición, fonética, ortográfica y conceptualmente. La marca solicitada se compone de elementos previamente registrados”.

La opositora también señaló que existe una similitud conceptual, fonética y ortográfica con la marca solicitada, al punto de que los consumidores podrían llegar a pensar que esta pertenece al mismo origen empresarial. Finalmente, afirmó que ambos signos ofrecen servicios financieros.

JumboCDT no respondió a la oposición y, en su análisis, la SIC declaró fundada la oposición de Cencosud, pero no reconoció la notoriedad de la marca.

La entidad aseguró que la solicitante, además de ser fonética y gramaticalmente parecida a la opositora, también hace uso del elemento dominante de su familia marcaria, “Jumbo”, reforzando la idea de que ambos signos ofrecen servicios similares. No obstante, las pruebas aportadas por Cencosud para que la SIC analizara la notoriedad de su marca no se consideraron pertinentes.