Laboral

Mall de Combia no se registró ante la Superintendencia de Industria y Comercio

Centro Comercial Santa Fe

La Superindustria no avaló el registro de la solicitante porque su elemento gráfico tiene elementos similares a los de la opositora

19 de octubre de 2023

Juan Camilo Colorado

Canal de noticias de Asuntos Legales

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Construimos y Recreamos S.A.S se presentó ante la Superindustria para registrar Mall de Combia Un lugar que florece, que denota servicios de la clase 35 y 36 de la Clasificación Internacional de Niza como organización de eventos, exposiciones y espectáculos y alquiler de locales comerciales.

Luego de la solicitud, Centro Comercial Santa Fe P.H. presentó oposición contra la solicitud de registro de marca para las dos clases en cuestión con fundamento en los causales de irregistrabilidad establecidos en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Centro Comercial Santa Fe P.H argumentó la oposición a la solicitud en la similitud gráfica del elemento de la solicitante porque este se asemejaba con el de la opositora y sus consumidores reconocen la marca opositora, justamente, por este elemento. Agregaron que su registro se ha mantenido vigente desde 2005 y el elemento nominativo de la solicitante no era suficiente para que se distinga y la SIC pudiera avanzar con el registro marcario.

Por otro lado, los dueños de la marca opositora agregaron que el registro de Mall de Combia Un lugar que florece no era inviable en tanto que la solicitante se habría aprovechado del reconocimiento en distintas ciudades de Colombia para posicionar la marca porque su elemento gráfico es similar y en el nominativo se usa el mismo tipo de letra con la misma disposición.

LOS CONTRASTES

  • Andrés CasasSocio en Casas Santofimio Abogados

    “La SIC reitera que se debe tener en cuenta el aspecto nominativo y el figurativo de los signos comparados para determinar cuál aspecto será el de mayor recordación”.

Luego de la oposición presentada por los dueños de Centro Comercial Santa Fe, Construimos y Recreamos S.A.S respondió a la oposición afirmando que el elemento gráfico no goza de la distinción nacional e internacional que alega porque los dueños no han hecho los esfuerzos suficientes para posicionarla. Así mismo, afirmaron que el elemento nominativo es distintivo porque cuenta con siete palabras y 29 grafemas que hacen que su extensión y su impresión fonética cambie.

El análisis de la Superintendencia afirmó que el registro de la marca solicitante no era viable porque los trazos del elemento gráfico de la marca solicitante generaban un riesgo de confusión, ya que también incorporan una flor con pétalos multicolor.

Tras el análisis de la solicitud de registro, la oposición de la marca registrada y su estudio, la Superindustria decidió no aprobar el registro de Mall de Combia Un lugar que florece por las similitudes gráficas con la marca opositora.