Laboral

Masglo no frenó el registro de Hola Señorita Gel Polish ante la Superintendencia (SIC)

Masglo

La SIC decidió conceder el registro tras considerar que Masglo no puede apropiarse de la expresión “Gel Polish”, ya que es descriptiva

13 de mayo de 2023

Alex Galvis Monguí

agalvis@larepublica.com.co
Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

Ante la Superintendencia de Industria y Comerciose presentó Juan Santiago Corrales Quintero, solicitando el registro de la marca Hola Señorita Gel Polish, mixta, para distinguir productos comprendidos en la clase 3 de la Clasificación Internacional de Niza, la cual denota productos para el cuidado de las uñas que comprenden esmaltes de uñas y quitaesmaltes, así como cremas para las uñas.

Luego de la solicitud, Cerescos S.A.S. presentó oposición al registro con fundamento en la causal de irregistrabilidad contenida en el artículo 136 literal a de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Lo anterior, argumentando que la marca solicitada es similar a la marca Masglo, propiedad de la empresa opositora, desde el punto de vista visual, fonético y gramatical, lo que las hace confundibles y por tanto podría inducir al público a un error.

El opositor afirmó que la marca solicitada replica una de las partes nominativas y conceptuales de su marca, ya que la expresión “Gel Polish” es recurrente en los productos que produce y comercializa.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo GuzmánSocio de Seneor Abogados

    “Se concede la marca Hola Señorita Gel Polish, toda vez que los demás elementos de la marca solicitada, le dan suficiente distintividad frente tanto a la marca opositora, como a otras marcas registradas”.

Según su argumento, el consumidor podría confundir ambas marcas y su origen empresarial por culpa del término.

Después de haberse presentado la oposición, Juan Santiago Corrales Quintero contra argumentó que su marca no reproduce una parte fundamental ni distintiva de la marca opositora, ya que “Gel Polish” son dos palabras que acompañan las palabras “Masglo”, la cual es la parte nominativa realmente distintiva de la marca opositora.

Finalmente, la SIC determinó que las marcas no son confundibles, ya que la expresión “Gel Polish” es descriptiva de los productos que acompaña, por lo que concedió el registro.