Laboral

Microsoft frenó registro de marca en la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC

Bloomberg

La propiedad intelectual no se limita a un logo o una marca para su protección, sino que protege figuras, invenciones y hasta colores

23 de septiembre de 2025

Diseño sin título (4)

Diseño sin título (5)

Sara Ibañez Pita

Canal de noticias de Asuntos Legales

Contenido

La propiedad intelectual no se limita a un logo o una marca, sino que protege figuras, invenciones y hasta colores. Esto le pasó a Microsoft, que se vio involucrada en un pleito para defender los tonos de su identidad.

Todo empezó cuando Juan David Gómez Gutiérrez llegó al despacho de la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, para solicitar el registro de su marca color configurada por la combinación de colores rojo Pantone 2347C, amarillo Pantone 123C, verde Pantone 2287C y azul Pantone 2143C, en la clase 35 de la Clasificación Internacional de Niza, que comprende servicios de tests psicotécnicos para pruebas de selección y alineación de personal.

La multinacional se opuso al trámite y alegó riesgo de confundibilidad con su logo. “La marca solicitada carece de distintividad extrínseca, al no poder ser diferenciada de la opositora y no tener, por lo tanto, la posibilidad de distinguir sus servicios en el mercado”, explicó inicialmente.

“Es claro que ambas marcas comparten los mismos colores: amarillo, rojo, azul y verde, delimitados por figuras geométricas como un rectángulo y cuadrado, por lo que la marca solicitada reproduce, casi en su totalidad, a la opositora”, destacó. También aseguró que, entre los signos, existe una clara conexión competitiva e indudable relación de dependencia entre sus servicios, pues satisfacen las mismas necesidades.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo CabreraSocio de Sergio Cabrera Abogados

    “En este caso, una marca buscaba la exclusividad sobre una combinación específica de colores. Con fundamento, el opositor argumentó similitud cromática relevante, lo que llevó a negar el registro”.

Gómez Gutiérrez respondió a la oposición y señaló que el uso de las líneas punteadas en el signo son ilustrativas para contener los colores que pretende registrar, y aclaró que no quiere reivindicar ningún derecho de propiedad sobre esa forma en sí.

También explicó que su requerimiento fue muy específico en cuanto a las tonalidad Pantone que se quieren registrar, las cuales no son iguales a los colores protegidos por Microsoft.

El solicitante dijo que el riesgo de confunbilidad tampoco tiene lugar, pues sus servicios no se relacionan con los de educación y de entretenimiento.

En el estudio de registrabilidad, la Superindustria encontró que el signo solicitante incorpora la cuadrícula y colores de Microsoft, por lo que generan la misma impresión, por lo que los consumidores no distinguirían fácilmente entre las dos marcas”. Como resultado, declaró fundada la oposición de Microsoft Corp. y negó el registro de la marca color.