La entidad concluyó que Keep Balance y New Balance podían coexistir, al no encontrar un conflicto que justificara la oposición presentada por New Balance Athletics
18 de septiembre de 2026New Balance
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La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, declaró infundada la oposición presentada por New Balance Athletics, contra la solicitud de registro de la marca mixta Keep Balance, presentada por Alejandra Villa Martínez para identificar productos de la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza, relacionados con prendas de vestir y ropa deportiva.
Tras su publicación en la Gaceta de Propiedad Industrial, New Balance Athletics presentó oposición. La compañía argumentó que Keep Balance podía generar riesgo de confusión o asociación con sus marcas New Balance y NB, debido a la coincidencia en la expresión “Balance” y a las similitudes que, según la opositora, existían entre los signos.
New Balance también sostuvo que los productos de la marca solicitada eran idénticos o estaban estrechamente relacionados con los productos que identifica su portafolio en las clases 18 y 25, así como con servicios de comercialización de la clase 35. Para la compañía, esta relación, sumada a las semejanzas entre los signos, podía llevar al consumidor a pensar que Keep Balance correspondía a una nueva línea de productos de New Balance.
Durante el trámite, la solicitante defendió la registrabilidad de Keep Balance y señaló que la expresión “Balance” aparecía en diferentes marcas registradas a nombre de terceros. Al realizar el examen de registrabilidad, la SICencontró que, aunque los signos compartían la palabra “Balance”, debían analizarse como un conjunto. La entidad concluyó que la coincidencia en dicha expresión no era suficiente para establecer un riesgo de confusión.
La Dirección de Signos Distintivos declaró infundada la oposición presentada por New Balance y concedió a Alejandra Martínez el registro de la marca mixta Keep Balance para productos de la clase 25.