La oposición interpuesta por Mark Usa se declaró infundada por la entidad debido a que la marca que alegaban se había negado previamente
15 de noviembre de 2019Contenido
Pese a la oposición que presentó la compañía Mark USA, la cadena de tiendas mexicana Oxxo registró con éxito en Colombia su marca para distinguir productos alimenticios como carnes, cafés, cervezas, entre otros, durante los próximos diez años.
Si bien el Grupo Industrial Emprex S.A. de C.V. buscó registrar la marca Oxxo para identificar este tipo de productos en el mercado local, la empresa Mark Usa se opuso por considerar que se confundiría con su signo previo Oxxo, que supuestamente identificaba productos de vestir y otros servicios. Sin embargo, la SIC aseguró después que tal registro no existía y, por eso, concedió el registro a la mexicana.
En concreto, la compañía indicó que el signo solicitado Oxxo (mixto) resultaba idéntico y confundible con su registro previo debido a la estructura gramatical, visual y fonética completamente idéntica.
Por lo cual, para la empresa Mark USA conceder el registro derivaría indudablemente en un riesgo de confusión y asociación en el público consumidor que podría pensar erróneamente que las dos marcas pertenecían al mismo origen empresarial.
Igualmente, la empresa indicó que los signos enfrentados comparten todas las letras que componen la expresión Oxxo, por eso también se generaría un impacto visual idéntico que imposibilita al público para diferenciar los productos que identifica cada una.
Por su parte, el Grupo Industrial Emprex defendió el registro con el argumento de que el signo Oxxo de su propiedad cuenta con el reconocimiento notorio conferido por la Dirección de Signos Distintivos y que, por esta misma razón, la SIC habría negado en 2018 la solicitud de Oxxo que alega la empresa Mark USA.
Por lo tanto, la Superintendencia resolvió conceder el registro de la marca Oxxo debido a la carencia de fundamento por parte de la oposición. “La marca fundamento de la oposición Oxxo (mixta) para clase 37, identificada con el expediente fue negada el 13 de diciembre de 2018”, recordó el organismo.
De esta forma, la SIC definió que la resolución de esta fecha proporciona razón suficiente para que desaparezcan los supuestos de hecho “necesarios para realizar el estudio comparativo entre las marcas confrontadas, pues ya no se originará entre estas confusión de ningún tipo”.
De esta manera, el organismo impidió que una marca negada previamente fundamentara su oposición para evitar el registro de la cadena mexicana Oxxo. Aunque es clara la identidad, esta resolución especificó que la empresa solicitante es la que goza de notoriedad y la opositora no contaba con argumentos suficientes para alegar razones de irregistrabilidad.
Finalmente, se definió que no existe causal suficiente para no conceder el registro, ni impedimento alguno para no proceder con la decisión que le permite a la marca notoria identificar productos de otras clases internacionales Niza.