La SIC declaró infundada la oposición de Porkcolombia por considerar que las marcas gráficas tienen diferencias y pueden coexistir
18 de marzo de 2023Contenido
Ante la Superintendencia de Industria y Comerciose presentó la sociedad Alimentos Concentrados Raza Ltda. solicitando el registro de una marca gráfica figurativa para distinguir productos comprendidos en la clase 31 de la Clasificación Internacional de Niza, la cual denota los productos de la tierra y del mar que no hayan sido procesados para su consumo, los animales vivos y las plantas, así como los alimentos y concentrados para animales.
Después de la solicitud de registro, la Asociación Colombiana de Porcicultores presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad establecida en el literal a del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, esto por considerar que el signo solicitado es confundible con la marca gráfica previamente asignada a Porkcolombia, de la cual es titular.
Argumentó que la marca solicitada reproduce el elemento predominante que es la imagen de la cara de un cerdo mirando de frente y los colores reivindicados que son rosado y blanco de la marca gráfica ya registrada, sin que los elementos adicionales le proporcionen alguna distintividad, por lo que considera que se podría generar un riesgo de confusión.
Tras la oposición, Alimentos Concentrados Raza. contra argumentó que los signos en disputa cuentan con varias diferencias que permiten la coexistencia, como que, aunque en los dos diseños se puede entrever la imagen de un cerdo, su representación es totalmente diferente y se pueden percibir de forma diferente. También afirma que los colores son diferentes.
Tras analizar los argumentos, la SIC determinó que si bien el signo solicitado reproduce parcialmente el logo de Porkcolombia, en su visión de conjunto no resultan confundibles, ya que presentan elementos adicionales para su individualización.