El organismo determinó que los signos no eran confundibles ni existía riesgo de asociación para el público consumidor en el mercado
03 de octubre de 2019Contenido
Natalia Padilla Pérez solicitó el registro de la marca Montreal ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para identificar sus productos o servicios de arreglos florales.
A la solicitud se opuso Fábrica de Especias y Productos El Rey S.A. por considerar que las expresiones Montreal y Rey son lo mismo conceptualmente, evocan las mismas ideas y por lo tanto el registro no sería viable. También recordaron que El Rey es un signo que goza de distintividad, posicionamiento y recordación en el mercado del sector alimenticio. La marca opositora agregó que el registro sería similarmente confundible debido a que evoca, igual que su signo, la idea de rey, monarca, monarquía, reinado y conceptos que hacen parte de la marca notoria.
Además, en la oposición se refirieron al signo gráfico por la corona como elemento predominante. Afirmaron que sumada a la expresión ‘real’ sería evidente la pretensión de exhibir elementos intrínsecos de la familia de marcas El Rey.
Por estas razones, Natalia Padilla Pérez, defendió la solicitud de registro ante la oposición de El Rey afirmando que junto a la expresión Montreal se encuentra la frase Chocolatería & Floristería, por lo cual, conceder el registro no configuraría en los supuestos presentados teniendo en cuenta la distintividad de los productos ofrecidos. También se refirió a la similitud fonética y conceptual porque Montreal evoca a la ciudad ubicada en Canadá, aseguró Padilla, y de ninguna forma podría confundirse con una marca que pertenece a otra clasificación y que no se orienta por los mismos canales de distribución. Agregando que se dirigen a clientes que busquen celebrar fechas especiales para ofrecerles artículos de lujo y agasajar a sus seres queridos.
Por lo tanto, la Superintendencia decidió conceder el registro de la marca Montreal bajo los siguientes argumentos: “se observa que los signos Montreal y El Rey no guardan una estructura gramatical similar, ni producen un impacto sonoro medianamente parecido al ser pronunciadas. Así mismo, no se observan semejanzas a nivel conceptual, razón por la cual el consumidor está en la capacidad discernir entre ambas expresiones y no se confundiría entre la marca notoria y la marca solicitada a la hora de adquirir los productos ofrecidos por una y otra, o que adquiera un producto o servicio pensando que éste tiene un origen empresarial distinto al que realmente vincula (confusión indirecta)”.
Finalmente, la resolución reconoce la notoriedad concedida previamente a la familia de marcas El Rey, pero niega la posibilidad de que la misma se apropie de expresiones con evocación a la realeza. Con esta decisión el organismo permite el registro marcario sin vulnerar derechos de terceros, teniendo en cuenta el status de la marca opositora y el tiempo transcurrido desde que se le otorgó el mismo. Sin riesgo de confusión ni posibilidades de asociación la SIC estipula que la notoriedad no se ha visto mermada y, por el contrario, los futuros consumidores podrían verse privados de elegir una marca con una oferta distinta.