La entidad llegó a la conclusión de que existía riesgo de confusión y asociación entre ambas marcas, por eso negó registro
08 de octubre de 2026Rainforest Alliance
Rainforest Café
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La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, le negó el registro de la marca Rainforest Café, solicitada por Rainforest Café, luego de que Rainforest Alliance, presentara una oposición alegando similitudes entre los signos.
La solicitud buscaba proteger la marca nominativa Rainforest Café para productos y servicios de las clases 29, 30, 32 y 43 de la Clasificación Internacional de Niza. Entre estos se encontraban alimentos, café, bebidas y servicios de restaurante y bar. Rainforest Alliance sustentó su oposición en sus marcas de certificación Rainforest Alliance People & Nature. La compañía sostuvo que el elemento “Rainforest” era el componente distintivo que podía generar confusión entre los signos.
Durante el proceso, Rainforest Café argumentó que existían diferencias suficientes entre las marcas. La compañía señaló que su signo estaba compuesto por las palabras “Rainforest Café”, mientras que las marcas opositoras incluían “Rainforest Alliance People & Nature” y elementos gráficos como la imagen de una rana. También alegó que Rainforest Café contaba con registros en numerosos países.
Sin embargo, la SIC concluyó que el elemento nominativo era el predominante en las marcas de Rainforest Alliance y que “Rainforest” cumplía una función diferenciadora relevante frente a las demás expresiones de los signos enfrentados. Para la entidad, la coincidencia en este término generaba una similitud fonética y ortográfica suficiente para producir riesgo de confusión y asociación.
La Superindustria también consideró que la palabra “Café” no era suficiente para diferenciar la marca solicitada, debido a su carácter genérico frente a los productos y servicios que se pretendían identificar. Por esto, determinó que los signos no podían coexistir pacíficamente en el mercado. Además, la entidad encontró conexión entre los productos y servicios de las clases solicitadas y los productos protegidos por las marcas de certificación de Rainforest Alliance.
En particular, para la clase 29 encontró identidad en varios productos, mientras que para otras categorías consideró que existía conexidad competitiva por factores como la razonabilidad y la posibilidad de que el consumidor los asociara con un mismo origen empresarial. Con base en este análisis, la SIC declaró fundada la oposición de Rainforest Alliance frente a las clases 29, 30, 32 y 43 y negó el registro de Rainforest Café en todas ellas.