La opositora indicó que el diseño solicitado es similar al de su marca debidamente registrada, que consiste en un jugador de polo
11 de abril de 2026Signo opositor
Signo solicitado
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La sociedad Polo1 S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar una marca figurativa, diseño de un jinete, para distinguir productos y servicios de las clases 3, 9, 14, 18 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales comprenden cosméticos, gafas, artículos de relojería, bolsos y servicios de venta minorista.
Luego de la solicitud, la sociedad The Polo/Lauren Company, L.P., Ralph Lauren, presentó oposición frente a las cinco clases solicitadas, con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina. La opositora indicó que el diseño solicitado es similar al de su marca debidamente registrada, que consiste en un jugador de polo, haciéndolo “totalmente confundible” con el signo solicitante. Además, agregaron que existe una identidad en la posición del jinete y el caballo, lo cual generaría un riesgo de asociación en el consumidor, especialmente por la “memoria imperfecta” del público ante logos tan similares en el sector.
Por su parte, Polo1 S.A.S. justificó su solicitud explicando que no existe un riesgo de confusión real debido a que el concepto de un jinete a caballo es un elemento de “uso común” en el comercio que no puede ser apropiado en exclusiva por una sola empresa. Además, Polo1 S.A.S. recalcó que ya cuenta con registros previos para la marca Polo Club en otras clases. La SIC examinó los antecedentes de Polo1 S.A.S. y su derecho a expandir su familia de marcas hacia otras categorías de productos si no se demuestra un daño directo a la distintividad de la marca preexistente.
Con base a esto, la SIC determinó el alcance de la protección para Polo1 S.A.S. y se autorizaron los registros para los símbolos solicitados.