La marca opositora aseguró que la marca solicitada no tiene diferencias con el signo ya registrado, lo que generaría riesgo de confusión
10 de noviembre de 2021Contenido
Ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó la sociedad Psicología Ocupacional S.A.S. para registrar la marca Sigesa (nominativa), que pretendía identificar productos comprendidos en la clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota software como servicio.
Luego de la solicitud, Sistemas de Información Empresarial S.A. presentó un escrito de oposición contra el registro, alegando que el signo es confundible con su marca Siesa, pues no existen diferencias fonéticas que permitan dar distintividad entre los dos.
La empresa opositora también señaló que la marca pretende identificar los mismos servicios de su familia de marcas, lo que puede ocasionar confusión en el consumidor medio. Además, afirmó que podría “obtener un aprovechamiento económico indebido, dada la calidad y aceptación de los servicios prestados”.
Bajo la misma línea, Siesa argumentó que, de concederse el registro, se “facilitaría que la solicitante realice actos de competencia desleal, específicamente actos de confusión, imitación y engaño”.
Una vez vencido el término concedido por el ente regulador, la marca solicitante no presentó respuesta a la oposición radicada.
Luego de un análisis comparativo y de irregistrabilidad, la SIC concluyó que el elemento nominativo de los signos es el de mayor relevancia en sus conjuntos marcarios, ya que la tipografía y elementos ilustrativos no son suficientemente diferenciadores, por lo que son similarmente confundibles. “El vocablo que conforma el signo solicitado reproduce totalmente el elemento nominativo predominante de la marca Siesa”.
Adicionalmente, debido al material probatorio presentado por la defensa opositora, el ente regulador encontró que la marca Siesa tiene un estatus especial para identificar productos correspondientes a software empresarial, “pues su extenso uso, la alta inversión publicitaria, y los elevados ingresos demostrados, permiten inferir un altísimo grado de recordación y por tanto de compra de los productos y acceso a los servicios identificados con este signo”.
Por las razones anteriormente expuestas, la Superindustria declaró fundada la oposición interpuesta por Sistemas de Información Empresarial S.A. y negó el registro de la marca Sigesa (nominativa), de Psicología Ocupacional S.A.S., en la clase 32 internacional.