La Superindustria concluyó que tenían diferentes cadenas vocálicas y consonánticas, generando distinciones ortográficas y fonéticas
28 de febrero de 2024Contenido
Evelyn Piñeros se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca E Eve Studios para distinguir productos de la clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería; chaquetas en cuanto prendas de vestir.
Luego de la solicitud, American Gaia Corp. presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
American Gaia Corp. aseguró que la marca solicitada tenía similitudes ortográficas, fonéticas, visuales y conceptuales con su marca registrada Studio F. Además, dijeron que podían ser confundibles debido a los productos que comercializan, distribuyen y venden a través de los mismos canales de mercado, pudiendo ser intercambiables, complementarios y no excluyente entre ellos.
Evelyn Piñeros, representante legal de la marca solicitante, argumentó que analizando en conjunto el signo solicitado se podían evidenciar diferencias fonéticas, ortográficas gramáticas y gráficas.
Agregó que la marca solicitada estaba compuesta por 11 letras, seis vocales y tres palabras, a comparación de la marca opositora, que estaba conformada por siete letras, tres vocales y dos palabras. Argumentó, también, que la marca opositora no podía adueñarse de la expresión “Studio”, ya que existen más de 100 marcas registradas con esta, dando a entender que es una palabra utilizada comúnmente, más que todo en el sector textil y artístico y que no es propiedad de una sola compañía como tal.
En cuanto al análisis comparativo, la SIC encontró que cada uno de los signos cuentas con sílabas diferentes, los cuales generan que al ser pronunciados y transcritos provoquen una impresión diferente en el consumidor. Además de esto, cada una de las marcas tienen una cadena vocálica y consonántica diferente, añadiendo que el signo opositor tiene tres vocales menos que el solicitado.
Por último, la entidad concluyó que el signo solicitado es más extenso, permitiendo una diferenciación visual, pero también fonética debido a que al ser pronunciada el sonido no resulta similar para el consumidor.
Tomando los argumentos de ambas partes en cuenta, la SIC decidió conceder el registro de la marca E Eve Studios debido a que no se presentaba riesgo de confusión ni de asociación en las marcas.