La oposición argumentó que el signo solicitante es un reproducción casi idéntica de su marca Totto, por lo que no podría ser admitida
25 de agosto de 2025Signo Totto
Signo Tattoo
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El despacho de la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, recibió una solicitud de Eventing Hub S.A.S. para registrar su marca Tattoo Music Fest en las clases 35 y 41 de la Clasificación Internacional de Niza, que comprenden servicios de organización y gestión de eventos comerciales.
Antes de recibir el veredicto, la sociedad Essential Export Ltda. presentó oposición al trámite por conflicto con su marca Totto. Argumentó que las expresiones “music” y “fest” son genéricas y poco distintivas, por lo que deben quedar fuera del cotejo de marcas. En razón de ello, señaló que el signo solicitante es una reproducción casi idéntica del suyo.
“En nuestro idioma, ‘totto’ y ‘tattoo’ son dos palabras que no tienen significado, por tanto, son de fantasía, pero son tan similares que el traductor de Google cree que son la misma palabra en inglés”, aseguró.
Por último, afirmó que la marca solicitante pretende identificar los mismos servicios de publicidad, mercadeo y organización que su empresa provee, por lo que “hay una relación de conexidad, por finalidad y sustituibilidad entre signos”.
Eventing Hub S.A.S. se defendió y respondió que, en un análisis sucesivo, las marcas no tienen similitudes más allá de la coincidencia en las letras “t”. “Estas diferencias es un factor importante, pues hace que los signos, cada uno visto en su propio conjunto, presenten estructuras gramaticales y ortográficas diferenciables”, explicó.
En cuanto a su posible conexión competitiva, afirmó que los servicios de las empresas son distintos porque, mientras Tattoo Music Fest está destinada a eventos de música y tatuajes, la marca Totto protege productos como bolsos, morrales y mochilas.
En el análisis, la dirección reveló que la expresión “Tattoo Music Fest” carece de distintividad “toda vez que no cuenta con la capacidad de distinguir los servicios pretendidos, ni asociarlos con un origen empresarial”, incurriendo en una causal de irregistrabilidad.
“Es evidente que este despacho no puede efectuar un estudio de confundibilidad entre una marca con un signo que es irregistrable per se” y señaló que, pese a la ausencia de dicho proceso, no existe conexión competitiva entre las marcas. Como resultado, negó la oposición de Totto y negó el registro de Tattoo Music Fest.