La solicitante explicó que, conceptualmente, las marcas se diferenciaban pero la SIC resaltó las similitudes fonéticas y gráficas
06 de octubre de 2023Contenido
Juan David Vidal Guarín se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca El Toque Ideal, que distingue productos de la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza tales como la sal, productos para sazonar, especias y salsas.
Luego de la solicitud, Organización Terpel S.A. presentó oposición para las mismas clases en mención con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Organización Terpel S.A. explicó que el registro de la marca solicitante no era viable en tanto que el signo era similar en su fonética, ortografía e impresión visual y podría menoscabar los derechos marcarios de Altoque (marca ya registrada). Así mismo, explicaron que el consumidor promedio colombiano las podría confundir y pensar que se trata de dos marcas con el mismo origen empresarial.
Tras los argumentos de oposición de Organización Terpel S.A., el dueño de la marca solicitante respondió a la oposición explicando que el registro de su marca no hubiera activado una conexidad competitiva porque los productos a identificar no estaban relacionados; por otro lado, explicaron que “El Toque Ideal” pretende evocar la idea de que sus productos le dan un toque ideal a las comidas y no hacen referencia directa a algo inmediato.
El análisis de la Superintendencia de Industria y Comercio concluyó que el registro no era viable en tanto que las marcas eran confundibles por su similitud ortográfica y fonética; esto sumado a que la marca solicitante no contaba con un elemento gráfico que le permitiera distinguirse.
En razón a lo anterior, la Superindustria luego del estudio de la solicitud de registro, de la oposición presentada, la respuesta a la oposición y el análisis propio, decidió no conceder el registro de El Toque Ideal.