Laboral

Tiendas D1 impidió el registro de la marca mixta El Estibo en la Superindustria

Bogotá. 01 de marzo de 2017. Tiendas D1. (Colprensa - La República).

El despacho definió que el signo solicitado podría confundirse con El Estío

09 de noviembre de 2017

Laura Lucía Becerra Elejalde

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Para las marcas mixtas registradas en la Dirección de signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), el criterio que suele ser preponderante para definir qué tan distintivas son es su naturaleza gráfica y visual.

Sin embargo, esta no es la única característica que se tiene en cuenta a la hora de definir si una solicitud de registro está incursa en alguna causal que impida su coexistencia con otra marca.

Esto sucedió recientemente con la petición de la inscripción del signo El Estibo, el cual solicitó Juan Carlos Orjuela a la SIC en junio de este año. El signo encontró como impedimento la existencia de otra marca de naturaleza mixta: El Estío, propiedad de Koba Colombia S.A.S., conocido por ser el dueño de las Tiendas D1. La empresa se opuso a la concesión del signo y sostuvo que este estaba compuesto de manera muy similar al nombre de su línea de productos pues ambas expresiones habían sido conformadas por el mismo número de palabras, y entre los términos Estibo y Estío existían semejanzas ortográficas, fonéticas y visuales.

Como respuesta a esta oposición, la defensa de Orjuela enfatizó en que la imagen del signo incluía una expresión descriptiva, “granos y cereales”, y el número 98, lo que sumado a los colores verde y café de la imagen y la figura de una espiga frente a un sembrado lograban dotar al signo de una identidad propia.

El apoderado se amparó en el diseño de las marcas y explicó que al revisar cada marca como un conjunto, no podía asumirse que eran idénticas o se asemejaban.

Al realizar el análisis de los dos símbolos, el Director de Signos Distintivos de la SIC, Juan Manuel Serrano, determinó que “en el primer impacto general los signos eran susceptibles de crear confusión”.

El funcionario expresó, por medio de la Resolución N° 68018, que “la expresión Estibo tiene su equivalente fonético que es “estivo”, que significa perteneciente o relativo al estío, es decir que entre los signos además de existir similitud ortográfica y fonética al compartir casi todas sus letras, también guardan relación conceptual”.

Adicionalmente, la marca registrada por Tiendas D1 está inscrita en las clases 29, 30 y 31 de la clasificación de Niza, y la solicitud que se presentó pretendía que El Estibo fuera incluido en la clase 29 de Niza, donde se contemplaban frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas. De modo que también existiría conexión competitiva, por lo que se negó el registro.

LOS CONTRASTES

  • Édgar Iván LeónProfesor de Jurisprudencia de U. del Rosario

    “Aunque en este caso los signos se diferencian en cuanto a los colores y a la conformación del logotipo, el análisis realizado en cuanto al fondo por parte de la Superintendencia va más allá”.

El profesor de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Édgar Iván León, opinó sobre el caso e indicó que la labor de la Superindustria está en evitar que el consumidor caiga en error respecto de la procedencia de los bienes o servicios que tiene a su disposición en el mercado, por lo que consideró que el análisis del caso fue adecuado.