Otra marca previamente registrada, Uzer, entró en el análisis de la Superindustria para determinar el aval del registro
15 de junio de 2021Contenido
La sociedad High Tech Software SAS se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para solicitar el registro de la marca Uxer (mixta) con el fin de distinguir productos en la clase 9 de la Clasificación Internacional de Niza, que corresponde a equipos de procesamiento de datos y de software.
Luego de la publicación en la Gaceta de Propiedad Industrial, la sociedad Uber Technologies, Inc., presentó una oposición a la solicitud fundamentada en el literal a) del artículo 136 en la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina.
“La marca solicitada Uxer reproduce las marcas Uber de mi representada, pues el elemento nominativo es bastante similar, ostentando características ortográficas y fonéticas análogas”, argumentaron.
Los opositores explicaron que el uso de la letra ‘x’ en cambio de la letra ‘b’ no es lo suficientemente distintivo para que el consumidor las pueda diferenciarlas entre sí.
En defensa de la solicitud, la sociedad manifestó que los sonidos ‘xer’ y ‘ber’ son bastante diversos y que es la parte que más impacta al público. También abogaron por el comercio específico que tiene cada una de las marcas y que solo entrarían en conflicto si ambas estuvieran identificadas por la clase 9 internacional. Mientras ellos ofrecen productos de software, la marca opositora se enfoca “en productos y servicios para el área específica de transporte”.
Para tomar una decisión, la dirección analizó todos los antecedentes previos y dio con una marca de naturaleza mixta llamada Uzer que está tipificada en la clase 42 internacional que denota servicios de diseños web.
La Superindustria evidenció una semejanza entre las marcas Uber y Uxer, pero consideró que no son confundibles para el consumidor. Lo contrario sucede con las marcas Uxer y Uzer, que además de la similitud ortográfica, “causa un impacto sonoro similar”. El ente también destacó que, aunque ambas marcas estarían registradas en distintas clases, hay una relación estrecha y complementaria entre las dos, por lo que existiría una conexión competitiva.
Como resolución, la SIC declaró infundada la oposición de Uber, pero no le otorgó el registro a Uxer por las coincidencias con otra marca en el mercado.